Decisión ROL C3773-25
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Reclamante: NICOLÁS CONTRERAS AGUIRRE  
Reclamado: SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA (SERNAPESCA)  
Resumen del caso:

Se acoge el amparo interpuesto en contra del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, ordenándose la entrega de la información sobre Caligus por parte de los productores chilenos, desde 1 de Junio de 2024 hasta el 23 de Marzo del 2025, con el detalle que se señala. Lo anterior, por cuanto, se desestima la configuración de la causal de reserva o secreto de afectación a los derechos comerciales y económicos de los terceros interesados que se opusieron a la entrega, por cuanto, aquella se funda en alegaciones generales e hipotéticas carentes de la especificidad que exige la configuración de una causal de reserva o secreto de la información. Adicionalmente, se tiene presente que, luego de las modificaciones introducidas por la Ley 21.532, del 31 de enero de 2023, el actual artículo 90 quáter de la Ley General de Pesca y Acuicultura dispone que “A su vez, una vez terminado cada ciclo productivo, el Servicio deberá publicar información sobre la cantidad y clase de antibióticos y antiparasitarios utilizados y la respectiva biomasa, mortalidad y cosecha. Esta información deberá desagregarse por empresa y centro de cultivo” (énfasis agregados). Con todo, en el evento de que esta información o parte de ella no obre en poder del órgano, se deberá comunicar dicha circunstancia a la reclamante y a este Consejo, indicando detalladamente las razones que lo justifiquen, en conformidad a lo previsto en el numeral 2.3. de la Instrucción General N° 10 de esta Corporación. Aplica criterio contenido en las decisiones de los amparos Roles C1388-11, C264-12, C1489-15, C3651-20, C7794-20, C2169-21, C3053-21, C4036-21, C6770-21, C2721-22, C3193-22 y C9276-22; lo resuelto por la Ilma. Corte de Apelaciones de Santiago, sentencia Rol N°379-2018; Ilma. Corte de Apelaciones de Puerto Montt en los reclamos de Ilegalidad Roles N°24-2021 y 5-2023/9-2023; y, por la Excma. Corte Suprema en Recursos de Queja Roles N°10.332-2022 y N°12.125-2022. En virtud del principio de divisibilidad, se deberán tarjar los datos personales de contexto que pudieran estar contenidos en la información cuya entrega se ordena, en conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre Protección de la Vida Privada.

 
Tipo de decisión: Decisión de Fondo  
Fecha de la decisión: 7/28/2025  
Consejeros: -Natalia Andrea González Bañados
-Bernardo Eric Navarrete Yáñez
 
Legislación aplicada: Constitución Política de la República
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
 
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Recursos relacionados:  
Descriptores jurídicos: - Causales de secreto o reserva >> Derechos de las personas >> Otros
 
Descriptores analíticos: Otros  
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