Decisión ROL C485-10
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Reclamante: PEDRO GALLEGOS MELLA  
Reclamado: ARMADA DE CHILE  
Resumen del caso:

Se interpone amparo en contra de la Armada de Chile. Posteriormente, el reclamante, informa al Consejo haber recibido la información solicitada de parte de la institución en cuestión. El Consejo estima que tal conducta no esta prohibida por la ley, por tanto se aprueba el desistimiento.

 
Tipo de decisión: Desistimiento  
Fecha de la decisión: 8/18/2010  
Consejeros: -
 
Legislación aplicada: Ley de Transparencia
 
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Descriptores jurídicos: - Procedimiento de reclamo y amparo >> Plazo de presentación >> Otros
 
Descriptores analíticos: Defensa  
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<p> <strong>DECISI&Oacute;N AMPARO N&ordm; C485-10</strong></p> <p> Entidad p&uacute;blica: Armada de Chile.</p> <p> Requirente: Pedro Gallegos Mella.</p> <p> Ingreso Consejo: 29.07.2010.</p> <p> En sesi&oacute;n ordinaria N&deg; 174 de su Consejo Directivo, celebrada el 17 de agosto de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Funci&oacute;n P&uacute;blica y de Acceso a la Informaci&oacute;n de la Administraci&oacute;n del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el art&iacute;culo primero de la Ley N&deg; 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisi&oacute;n respecto del reclamo Rol C485-10.</p> <h3> VISTOS:</h3> <p> Los art&iacute;culos 5&ordm;, inc. 2&ordm;, 8&deg; y 19 N&ordm; 12 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica de la Rep&uacute;blica; las disposiciones aplicables de las Leyes N&deg; 20.285 y N&deg; 19.880; lo previsto en el D.F.L. N&deg; 1&ndash;19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N&deg; 18.575; y los D.S. N&deg; 13/2009 y N&deg; 20/2009, ambos del Ministerio Secretar&iacute;a General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del art&iacute;culo primero de la Ley N&deg; 20.285, en adelante el Reglamento, D.S. N&deg; 1086/2004 del Ministerio del Interior y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.</p> <h3> TENIENDO PRESENTE:</h3> <p> 1) Que, el 10 de junio de 2010 don Pedro Gallegos Mella solicit&oacute; a la Armada de Chile un certificado que acreditara estudios y conocimientos sobre tipos, uso, manipulaci&oacute;n y medidas de seguridad de explosivos, adquiridos en la Escuela de Buceo de la Armada durante el a&ntilde;o 1976, donde el solicitante realiz&oacute; la especialidad de buzo de salvataje.</p> <p> 2) Que, el 29 de julio de 2010 don Pedro Gallegos Mella interpuso ante este Consejo amparo a su derecho de acceso a la informaci&oacute;n en contra del se&ntilde;alado &oacute;rgano a la administraci&oacute;n del Estado, fundado en que dicho &oacute;rgano no habr&iacute;a atendido dentro de plazo su requerimiento de informaci&oacute;n.</p> <p> 3) Que, mediante correo electr&oacute;nico de 10 de agosto de 2010, don Pedro Gallegos Mella inform&oacute; a este Consejo haber recibido la informaci&oacute;n solicitada de parte de la Armada de Chile, manifestando su conformidad con la misma.</p> <h3> Y CONSIDERANDO:</h3> <p> 1) Que, a trav&eacute;s de la comunicaci&oacute;n dirigida a este Consejo por don Pedro Gallegos Mella, el 10 de agosto de 2010, no cabe sino concluir que el reclamante se ha desistido del amparo interpuesto, toda vez que ha indicado que recibi&oacute; la informaci&oacute;n solicitada, manifestando su conformidad con la misma.</p> <p> 2) Que tal conducta no est&aacute; prohibida por el ordenamiento jur&iacute;dico.</p> <p> 3) Que, atendido tal desistimiento, debe tenerse por concluido este procedimiento.</p> <h3> EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE ATRIBUYEN LOS ART&Iacute;CULOS 24 Y SIGUIENTES Y 33, LETRA B), DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, Y POR LA UNANIMIDAD DE SUS MIEMBROS PRESENTES, ACUERDA:</h3> <p> I) Aprobar el desistimiento de don Pedro Gallegos Mella en el presente amparo Rol C485-10, interpuesto en contra de la Armada de Chile.</p> <p> II) Encomendar al Director General de este Consejo notificar el presente acuerdo a don Pedro Gallegos Mella y al Sr. Comandante en Jefe de la Armada de Chile.</p> <p> Pronunciada por el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, integrado por su Presidente don Ra&uacute;l Urrutia &Aacute;vila y los Consejeros don Alejandro Ferreiro Yazigi, don Roberto Guerrero Valenzuela y don Juan Pablo Olmedo Bustos. Certifica don Ra&uacute;l Ferrada Carrasco, Director General del Consejo para la Transparencia.</p> <p> &nbsp;</p>