Decisión ROL C549-10
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Reclamante: GISELLA TAMARA AVARIA FLORES  
Reclamado: MUNICIPALIDAD DE TALTAL  
Resumen del caso:

Se deduce amparo en contra de la Municipalidad de Taltal, fundado en que no habría atendido dentro del plazo el requerimiento de información referente a la cantidad mensual de dinero que recibe y total de gastos mensuales de la Escuela Victoriano Quinteros Soto. Además de los comprobantes de la "remesas de dinero o listado de útiles de escritorio. El requirente mediante correo electrónico informa a El Consejo que se desistía expresamente. El Consejo aprueba el desistimiento.

 
Tipo de decisión: Desistimiento  
Fecha de la decisión: 9/23/2010  
Consejeros: -
 
Legislación aplicada: Ley de Transparencia
 
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Descriptores analíticos: Educación  
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<p> <strong>DECISI&Oacute;N AMPARO N&ordm; C549-10</strong></p> <p> Entidad p&uacute;blica: Municipalidad de Taltal.</p> <p> Requirente: Gisella Avaria Flores.</p> <p> Ingreso Consejo: 16.08.2010.</p> <p> &nbsp;</p> <p> En sesi&oacute;n ordinaria N&deg; 183 de su Consejo Directivo, celebrada el 21 de septiembre de 2010, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Funci&oacute;n P&uacute;blica y de Acceso a la Informaci&oacute;n de la Administraci&oacute;n del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el art&iacute;culo primero de la Ley N&deg; 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisi&oacute;n respecto del reclamo Rol C549-10.</p> <h3> VISTOS:</h3> <p> Los art&iacute;culos 5&ordm;, inc. 2&ordm;, 8&deg; y 19 N&ordm; 12 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica de la Rep&uacute;blica; las disposiciones aplicables de las Leyes N&deg; 20.285 y N&deg; 19.880; lo previsto en el D.F.L. N&deg; 1&ndash;19.653, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N&deg; 18.575; y los D.S. N&deg; 13/2009 y N&deg; 20/2009, ambos del Ministerio Secretar&iacute;a General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del art&iacute;culo primero de la Ley N&deg; 20.285, en adelante el Reglamento, D.S. N&deg; 1086/2004 del Ministerio del Interior y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.</p> <h3> TENIENDO PRESENTE:</h3> <p> 1) Que, el 8 de julio de 2010 do&ntilde;a Gisella Avaria Flores solicit&oacute; a la Municipalidad de Taltal se le informara la cantidad mensual de dinero que recibe y total de gastos mensuales de la Escuela Victoriano Quinteros Soto. Adem&aacute;s, requiere los comprobantes de la &ldquo;remesas de dinero o listado de &uacute;tiles de escritorio&rdquo;.</p> <p> 2) Que, el 16 de agosto de 2010 do&ntilde;a Gisella Avaria Flores interpuso ante este Consejo amparo a su derecho de acceso a la informaci&oacute;n en contra del se&ntilde;alado &oacute;rgano a la administraci&oacute;n del Estado, fundado en que dicho organismo no habr&iacute;a atendido dentro de plazo su requerimiento de informaci&oacute;n.</p> <p> 3) Que, mediante correo electr&oacute;nico de 15 de septiembre de 2010 do&ntilde;a Gisella Avaria Flores inform&oacute; a este Consejo que se desist&iacute;a expresamente del amparo interpuesto, toda vez que recibi&oacute; una respuesta satisfactoria de parte de la Municipalidad de Taltal.</p> <h3> Y CONSIDERANDO:</h3> <p> 1) Que, la reclamante se ha desistido del amparo interpuesto, no estando tal conducta prohibida por el ordenamiento jur&iacute;dico.</p> <p> 2) Que, atendido tal desistimiento, debe tenerse por concluido este procedimiento.</p> <h3> EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE ATRIBUYEN LOS ART&Iacute;CULOS 24 Y SIGUIENTES Y 33, LETRA B) DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, Y POR LA UNANIMIDAD DE SUS MIEMBROS PRESENTES, ACUERDA:</h3> <p> I) Aprobar el desistimiento de do&ntilde;a Gisella Avaria Flores en el presente amparo Rol C549-10, interpuesto en contra de la Municipalidad de Taltal.</p> <p> II) Encomendar al Director General de este Consejo notificar el presente acuerdo a do&ntilde;a Gisella Avaria Flores y al Sr. Alcalde de la Municipalidad de Taltal.</p> <p> Pronunciada por el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, integrado por su Presidente don Ra&uacute;l Urrutia &Aacute;vila y los Consejeros don Alejandro Ferreiro Yazigi, don Jorge Jaraquemada Roblero y don Juan Pablo Olmedo Bustos. Certifica don Ra&uacute;l Ferrada Carrasco, Director General del Consejo para la Transparencia.</p> <p> &nbsp;</p>