Decisión ROL C975-10
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Reclamante: FERNANDO FUENTES ; MARIA ELICER ; JORGE ADEDO ; ELSA LEIRO RUDOLPHY; CARMEN ROJAS ; VADIN FUENTES  
Reclamado: MUNICIPALIDAD DE LA REINA  
Resumen del caso:

Se dedujo amparo en contra de la Municipalidad de La Reina, fundado en la solicitud sobre el proyecto de remodelación de la Avenida Príncipe de Gales, entre las calles Salvador Izquierdo y Monseñor Edwards, de la misma comuna, y que se les informara, además, acerca de la cantidad de dinero entregado para dicha remodelación por parte del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (en adelante también F.N.D.R), señalando el monto que se ha cancelado, así como el total de lo invertido en ellos, solicitud que fue reiterada el 20 de diciembre de 2010. El Consejo estableció que lo entregado por la Municipalidad satisface lo solicitado, razón por la cual se tendrá por entregada la documentación requerida, en forma extemporánea.

 
Tipo de decisión: Decisión de Fondo  
Fecha de la decisión: 4/14/2011  
Consejeros: -
 
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Descriptores jurídicos: - Inexistencia de información >> Inexistencia acreditada >> Otros
 
Descriptores analíticos: Gestión y administración territorial (Urbanismo)  
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<p> <strong>DECISI&Oacute;N AMPARO ROL C975-10</strong></p> <p> Entidad p&uacute;blica: Municipalidad de La Reina</p> <p> Requirente: Fernando Fuentes y otros</p> <p> Ingreso Consejo: 28.12.2010</p> <p> En sesi&oacute;n ordinaria N&deg; 236 de su Consejo Directivo, celebrada el 12 de abril de 2011, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Funci&oacute;n P&uacute;blica y de Acceso a la Informaci&oacute;n de la Administraci&oacute;n del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el art&iacute;culo primero de la Ley N&deg; 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisi&oacute;n respecto del amparo Rol C975-10.</p> <h3> VISTOS:</h3> <p> Los art&iacute;culos 5&deg;, inc. 2&deg;, 8&deg; y 19 N&deg; 12 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica de la Rep&uacute;blica; las disposiciones aplicables de la Ley N&deg; 20.285 y N&deg; 19.880; lo previsto en el D.F.L. N&deg; 1, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N&deg; 18.695, Org&aacute;nica Constitucional de Municipalidades; en el D.F.L. N&deg; 1 &ndash; 19.653, del Ministerio Secretar&iacute;a General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N&deg; 18.575; y, los D.S. N&deg; 13/2009 y 20/2009, ambos del Ministerio Secretar&iacute;a General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del art&iacute;culo primero de la Ley N&deg; 20.285, en adelante indistintamente el Reglamento y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.</p> <h3> TENIENDO PRESENTE:</h3> <p> 1) SOLICITUD DE ACCESO: Don Fernando Fuentes, do&ntilde;a Mar&iacute;a Ang&eacute;lica Elicer, don Jorge Adedo, do&ntilde;a Elsa Georgina Leiro Rudolphy, do&ntilde;a Ritta Alanen, do&ntilde;a Carmen Gloria Rojas y don Vadin Fuentes, el 27 de septiembre de 2010, solicitaron a la Municipalidad de La Reina s</p> <p> 2) RESPUESTA: La Municipalidad de La Reina dio respuesta a la solicitud de informaci&oacute;n de 27 de septiembre de 2010, mediante el Ordinario N&deg; 1000/53, de 16 de noviembre de 2010, en el que informa a los requirentes, que el proyecto solicitado est&aacute; permanentemente a disposici&oacute;n para ser consultado por cualquier vecino, en la Secretar&iacute;a Comunal de Planificaci&oacute;n de la Municipalidad (Secplan), agregando que &laquo;por tratarse de una licitaci&oacute;n p&uacute;blica subida al portal Chile compra pueden ser consultados los antecedentes que la componen tambi&eacute;n por este medio&raquo;. Asimismo, dio respuesta a la solicitud de 20 de diciembre de 2010, informando lo siguiente:</p> <p> a) El proyecto de remodelaci&oacute;n del tramo 1 de Avenida Pr&iacute;ncipe de Gales, se puede describir detallando las siguientes obras que se realizar&aacute;n:</p> <p> i. Construcci&oacute;n de sector de estacionamiento y nueva calzada de 2 pistas en hormig&oacute;n armado;</p> <p> ii. Ciclov&iacute;a asfaltada, cuyo trayecto va por el costado norte;</p> <p> iii. Construcci&oacute;n de veredas en ambos costados con terminaci&oacute;n superficial de baldosas;</p> <p> iv. Traslado de postes el&eacute;ctricos;</p> <p> v. Traslado de redes de suministro el&eacute;ctrico y de empresas se servicios (Chilectra, Movistar, Entel, VTR, etc.);</p> <p> vi. Construcci&oacute;n de poliducto por el costado sur, permitiendo la eliminaci&oacute;n de los postes en esa acera;</p> <p> vii. Iluminaci&oacute;n principal y peatonal;</p> <p> viii. Implementaci&oacute;n de sistema de riego;</p> <p> ix. Se&ntilde;alizaci&oacute;n vial;</p> <p> x. Obras de paisajismo, como plantaci&oacute;n de &aacute;rboles entre otras.</p> <p> b) Que, conforme a lo indicado en el Ordinario N&deg; 4006, de 11 de mayo de 2009, del Sr. Intendente de la Regi&oacute;n Metropolitana, el cual ratifica la adjudicaci&oacute;n a la Empresa Constructora Pehuenche Ltda., el monto total del proyecto alcanza un total de $ 1.063.393.00.-, impuestos incluidos, y se desglosa de la siguiente manera:</p> <p> i. Aporte F.N.D.R. $ 879.304.882.-</p> <p> ii. Aporte Municipal $ 184.088.195.-</p> <p> c) Asimismo, adjunta cuadro detalle de los montos de las obras previas, de pavimentaci&oacute;n, alumbrado p&uacute;blico, traslado de redes, paisajismos y cierros, se&ntilde;alizaci&oacute;n, riego, indicando, nuevamente, el monto total de las obras del proyecto.</p> <p> 3) AMPARO: Don Fernando Fuentes, do&ntilde;a Mar&iacute;a Ang&eacute;lica Elicer, don Jorge Adedo, do&ntilde;a Elsa Georgina Leiro Rudolphy, do&ntilde;a Ritta Alanen, do&ntilde;a Carmen Gloria Rojas y don Vadin Fuentes, el 28 de diciembre de 2010, dedujeron amparo a su derecho de acceso a la informaci&oacute;n en contra de la Municipalidad de La Reina, fundado en que el &oacute;rgano aun no ha entregado el proyecto aprobado por el F.N.D.R., ni la informaci&oacute;n relativa a la licitaci&oacute;n y adjudicaci&oacute;n de dicho proyecto, careciendo de la informaci&oacute;n respecto de c&oacute;mo se design&oacute; a la empresa adjudicataria y ejecutante del proyecto, ni de las sanciones de que debi&oacute; ser objeto la empresa adjudicataria del mismo por el excesivo atraso en su ejecuci&oacute;n, como tampoco el contrato de adjudicaci&oacute;n con sus posibles modificaciones. Los requirentes, en la misma presentaci&oacute;n, otorgaron mandato a do&ntilde;a Elsa Leiro Rudolphy.</p> <p> 4) GESTIONES UTILES: La Unidad de Promoci&oacute;n y Clientes de este Consejo para la Transparencia, en virtud de lo acordado por su Consejo Directivo, en la sesi&oacute;n ordinaria N&deg; 212, de 5 de enero de 2011, realiz&oacute; gestiones ante la Municipalidad de La Reina y el requirente, a fin de alcanzar una salida alternativa. Al respecto, consta lo siguiente:</p> <p> a) Que la Municipalidad requerida, una vez que el Consejo se comunic&oacute; con ella, le hizo entrega a &eacute;ste de un CD con informaci&oacute;n correspondiente al proyecto completo licitado en la obra &ldquo;Remodelaci&oacute;n del Tramo 1, de la Av. Pr&iacute;ncipe de Gales&rdquo;, el cual fue entregado en forma personal a don Eduardo Gonzalez, apoderado debidamente acreditado de la reclamante Sra. Elsa Georgina Leiro Rudolphy, quien firm&oacute; en testimonio de haber recibido dicho documento.</p> <p> b) Do&ntilde;a Georgina Leiro Rudolphy, el 9 de febrero de 2011, envi&oacute; un correo electr&oacute;nico a este Consejo, manifestando que, revisado el CD entregado, los antecedentes recepcionados est&aacute;n incompletos, agregando que &laquo;se solicit&oacute; el 21 de enero reci&eacute;n pasado documentaci&oacute;n respaladatoria y complementaria a la I. Municipalidad de La Reina, la cual en vez de contestarla la est&aacute;n tramitando dem&aacute;s solicitando que acredite mandato, en circunstancias que escrito va con patrocinio y poder &ldquo; (sic).</p> <p> c) Este Consejo, el 14 de febrero de 2011, solicit&oacute; a do&ntilde;a Georgina Leiro Rudolphy que se pronunciara si la documentaci&oacute;n entregada satisface o no el requerimiento de informaci&oacute;n que ha dado origen al presente amparo, otorg&aacute;ndole un plazo de 5 d&iacute;as h&aacute;biles para ello, lo que en los hechos no ocurri&oacute;.</p> <p> 5) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acord&oacute; admitir a tramitaci&oacute;n el presente amparo, traslad&aacute;ndolo al Sr. Alcalde de la Municipalidad de La Reina, mediante el Oficio N&deg; 384, de 24 de febrero de 2011, quien evacu&oacute; sus descargos a trav&eacute;s de la presentaci&oacute;n ingresada al Consejo el 21 de febrero reci&eacute;n pasado, se&ntilde;alando, en lo que interesa al presente amparo, lo siguiente:</p> <p> a) El 27 de septiembre de 2010 los requirentes solicitaron a la Municipalidad informaci&oacute;n de car&aacute;cter general sobre el proyecto y se plantean, a la vez, algunas proposiciones de modificaci&oacute;n de las obras realizadas, algunas de ellas imposibles de realizar por razones t&eacute;cnicas y presupuestarias. Dicha solicitud fue contestada mediante el Ordinario N&deg; 1000/53, de 16 de noviembre de 2010, despu&eacute;s de haberla enviado a las unidades relacionadas con cada tema especifico, para preparar una respuesta integral.</p> <p> b) El 20 de diciembre, los mismos requirentes, efectuaron una segunda presentaci&oacute;n, solicitando datos precisos relativos al financiamiento y presupuesto de la obra realizada, la que fue contestada mediante Ordinario N&deg;1400/40, de 22 de diciembre de 2010.</p> <p> c) Do&ntilde;a Hilda Lantadilla, funcionaria de la Direcci&oacute;n de Control de la Municipalidad de La Reina, el 10 de enero de 2011, recibi&oacute; un correo electr&oacute;nico del Consejo para la Transparencia solicitando la entrega del proyecto de la obra de remodelaci&oacute;n de la Av. Pr&iacute;ncipe de Gales, el que fue remitido, en un disco compacto (CD), mediante el Ordinario N&deg; 17, de 18 de enero, del Director de Obras (S) de dicha entidad edilicia, sin embargo, atendido que dicho CD tuvo problemas al ser grabado, una semana despu&eacute;s el arquitecto Miguel Flickiger Stahle, de la Direcci&oacute;n de Obras Municipales, concurri&oacute; personalmente a las dependencias del Consejo a hacer entrega del material requerido.</p> <h3> Y CONSIDERANDO:</h3> <p> 1) Que, en primer t&eacute;rmino, se hace necesario precisar que el presente amparo, en lo que dice relaci&oacute;n con la solicitud de informaci&oacute;n del 27 de septiembre de 2010 y su respuesta de 16 de noviembre de 2010, es extempor&aacute;neo, raz&oacute;n por la cual, en ese punto, ser&aacute; rechazado por improcedente.</p> <p> 2) Que el presente amparo, junto con referirse a la solicitud del proyecto aprobado por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional correspondiente a la obra &ldquo;Remodelaci&oacute;n del Tramo 1, de la Av. Pr&iacute;ncipe de Gales&rdquo;, se extiende tambi&eacute;n a la informaci&oacute;n de la licitaci&oacute;n y adjudicaci&oacute;n de dicho proyecto, adem&aacute;s de aquella relativa a c&oacute;mo se design&oacute; a la empresa adjudicataria y ejecutante del proyecto, cu&aacute;les son las sanciones de que debi&oacute; ser objeto dicha empresa por el excesivo atraso en su ejecuci&oacute;n y el contrato de adjudicaci&oacute;n con sus posibles modificaciones. Sin embargo, al comparar este amparo con la solicitud de informaci&oacute;n del 20 de diciembre de 2010, se aprecia que este &uacute;ltimo comprende informaci&oacute;n que no fue requerida a la Municipalidad, de tal suerte que ser&aacute; parcialmente rechazado por improcedente, salvo en lo relativo al proyecto &ldquo;Remodelaci&oacute;n del Tramo 1, de la Av. Pr&iacute;ncipe de Gales&rdquo;.</p> <p> 3) Que el Ordinario N&ordm; 1.900/40 de la Municipalidad de La Reina, que contiene la respuesta al requerimiento de 20 de diciembre de 2010, no se pronunci&oacute; sobre la solicitud del proyecto de remodelaci&oacute;n de la Avenida ya aludida, limit&aacute;ndose a enunciar el contenido del mismo, lo que contraviene lo dispuesto en los art&iacute;culos 14 y 16 de la Ley de Transparencia, que obligan a la autoridad o jefatura o jefe superior del &oacute;rgano o servicio requerido a pronunciarse sobre la solicitud de informaci&oacute;n, ya sea entreg&aacute;ndola o neg&aacute;ndose a ello, dentro del plazo establecido en la primera de las normas citadas, as&iacute; como tambi&eacute;n contrar&iacute;a los principios de facilitaci&oacute;n y oportunidad, consagrados en las letras f) y h) del art&iacute;culo 11 de dicho cuerpo legal, lo que ser&aacute; representado a la entidad edilicia requerida.</p> <p> 4) Que el &oacute;rgano requerido, con ocasi&oacute;n de las gestiones &uacute;tiles realizadas por este Consejo, hizo entrega al mismo de un CD con informaci&oacute;n correspondiente al proyecto completo licitado en la obra &ldquo;Remodelaci&oacute;n del Tramo 1, de la Av. Pr&iacute;ncipe de Gales&rdquo;, el cual fue entregado, por intermedio de don Eduardo Gonz&aacute;lez, a la mandataria de los requirentes, quien pese a haberse solicitado su opini&oacute;n en cuanto a la conformidad de la informaci&oacute;n entregada, no se manifest&oacute; al respecto.</p> <p> 5) Que, lo anterior obliga a este Consejo a realizar un examen de conformidad a la informaci&oacute;n remitida, de cuyo an&aacute;lisis se desprende que ella satisface lo solicitado, raz&oacute;n por la cual se tendr&aacute; por entregada la documentaci&oacute;n requerida, en forma extempor&aacute;nea.</p> <h3> EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE OTORGAN LOS ART&Iacute;CULOS 24 Y SIGUIENTES Y 33, LETRA B, DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y POR LA UNANIMIDAD DE SUS MIEMBROS PRESENTES, ACUERDA:</h3> <p> I. Acoger parcialmente el presente amparo presentado por don Fernando Fuentes, do&ntilde;a Mar&iacute;a Ang&eacute;lica Elicer, don Jorge Adedo, do&ntilde;a Elsa Georgina Leiro Rudolphy, do&ntilde;a Ritta Alanen, do&ntilde;a Carmen Gloria Rojas y don Vadin Fuentes, en contra de la Municipalidad de La Reina, por las consideraciones precedentes, dando por entregado el proyecto completo licitado en la obra &ldquo;Remodelaci&oacute;n del Tramo 1, de la Av. Pr&iacute;ncipe de Gales&rdquo;.</p> <p> II. Representar al Sr. Alcalde de la Municipalidad de La Reina que, en adelante, se pronuncie respecto de las solicitudes de informaci&oacute;n que se le planteen dentro del plazo dispuesto al efecto en el art&iacute;culo 14 de la Ley de Transparencia..</p> <p> III. Encomendar al Director General de este Consejo notificar el presente acuerdo a do&ntilde;a Elsa Georgina Leiro Rudolphy &ndash;requirente y apoderado de don Fernando Fuentes, do&ntilde;a Mar&iacute;a Ang&eacute;lica Elicer, don Jorge Adedo, do&ntilde;a Ritta Alanen, do&ntilde;a Carmen Gloria Rojas y don Vadin Fuentes&ndash; y al Sr. Alcalde de la Municipalidad de La Reina.</p> <p> Pronunciada por el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, integrado por su Presidente don Ra&uacute;l Urrutia &Aacute;vila y los Consejeros don Jorge Jaraquemada Roblero y don Juan Pablo Olmedo Bustos. Se deja constancia que el Consejero don Alejandro Ferreiro Yazigi no concurre al presente acuerdo por encontrarse ausente.</p> <p> &nbsp;</p>