Decisión ROL C3530-16
Reclamante: DIEGO MORENO HARISMENDY  
Reclamado: INSTITUTO NACIONAL DEL DEPORTE  
Resumen del caso:

Se dedujo amparo en contra del Instituto Nacional del Deporte, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada referente al "detalle de los gastos y/o destino de los dineros de ADO Chile entregados por IND en Título 24, Subtítulo 354 del Presupuesto 2016. Corresponde a un total de 490.620 (miles de $)". El Consejo acoge el amparo, toda vez que lo entregado no corresponde a lo solicitado.

 
Tipo de decisión: Decisión de Fondo  
Fecha de la decisión: 2/8/2017  
Consejeros: -Vivianne Blanlot Soza
-José Luis Santa María Zañartu
-Marcelo Drago Aguirre
 
Legislación aplicada:  
Palabras clave:  
Jurisprudencia desde:  
Jurisprudencia a:  
Recursos relacionados:  
Descriptores jurídicos:  
Descriptores analíticos: Grupos de interés especial  
  • PDF
<p> &nbsp;</p> <p> DECISI&Oacute;N AMPARO ROL C3530-16</p> <p> Entidad p&uacute;blica: Instituto Nacional del Deporte (IND)</p> <p> Requirente: Diego Moreno Harismendy</p> <p> Ingreso Consejo: 14.10.2016</p> <p> En sesi&oacute;n ordinaria N&deg; 776 del Consejo Directivo, celebrada el 3 de febrero de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Funci&oacute;n P&uacute;blica y de Acceso a la Informaci&oacute;n de la Administraci&oacute;n del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el art&iacute;culo primero de la ley N&deg; 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisi&oacute;n respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la informaci&oacute;n Rol C3530-16.</p> <p> VISTO:</p> <p> Los art&iacute;culos 5&deg;, inciso 2&deg;, 8&deg; y 19 N&deg; 12 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica de la Rep&uacute;blica; las disposiciones aplicables de la ley N&deg; 20.285, sobre acceso a la informaci&oacute;n p&uacute;blica y de la ley N&deg; 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los &oacute;rganos de la Administraci&oacute;n del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N&deg; 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretar&iacute;a General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N&deg; 18.575, org&aacute;nica constitucional sobre bases generales de la Administraci&oacute;n del Estado; y los decretos supremos N&deg; 13, de 2009 y N&deg; 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretar&iacute;a General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del art&iacute;culo primero de la ley N&deg; 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.</p> <p> TENIENDO PRESENTE:</p> <p> 1) SOLICITUD DE ACCESO: El 22 de septiembre de 2016, don Diego Moreno Harismendy solicit&oacute; al Instituto Nacional del Deporte, en adelante e indistintamente IND, el &quot;detalle de los gastos y/o destino de los dineros de ADO Chile entregados por IND en T&iacute;tulo 24, Subt&iacute;tulo 354 del Presupuesto 2016. Corresponde a un total de 490.620 (miles de $)&quot;.</p> <p> 2) RESPUESTA: El 13 de octubre de 2016, el IND respondi&oacute; a dicho requerimiento de informaci&oacute;n mediante carta N&deg; 297 de la misma fecha, adjuntando detalle del presupuesto entregado por el IND a ADO, a trav&eacute;s de proyectos deportivos denominados Apoyo a deportistas y gastos de administraci&oacute;n&quot;. Se adjunt&oacute; la siguiente documentaci&oacute;n:</p> <p> a) Formulario postulaci&oacute;n de proyectos deportivos del IND, correspondiente a la disciplina de esqu&iacute; n&aacute;utico.</p> <p> b) Formulario postulaci&oacute;n de proyectos deportivos del IND, correspondiente a la disciplina de voleibol playa.</p> <p> c) Formulario postulaci&oacute;n de proyectos deportivos del IND, correspondiente a la disciplina de tenis de campo.</p> <p> d) Formulario postulaci&oacute;n de proyectos deportivos del IND, correspondiente a curso de capacitaci&oacute;n juez internacional GAF.</p> <p> e) Formulario postulaci&oacute;n de proyectos deportivos, correspondiente a gastos de administraci&oacute;n Corporaci&oacute;n ADO 2016.</p> <p> f) Planilla Excel, de proyectos ADO l&iacute;nea ADO - Chile apoyo deportistas.</p> <p> g) Planilla Excel, de proyectos ADO l&iacute;nea gastos administraci&oacute;n.</p> <p> 3) AMPARO: El 14 de octubre de 2016, don Diego Moreno Harismendy dedujo amparo a su derecho de acceso a la informaci&oacute;n en contra del se&ntilde;alado &oacute;rgano de la Administraci&oacute;n del Estado, fundado en que la informaci&oacute;n entregada no corresponde a la solicitada. Adem&aacute;s hizo presente que:</p> <p> a) Lo solicitado fue el detalle de fondos destinados a ADO Chile, en cambio recibi&oacute; un Excel con 4 casillas, y unos documentos s&oacute;lo de la federaci&oacute;n de esqu&iacute; n&aacute;utico de julio, y de ninguna otra disciplina.</p> <p> b) Requiri&oacute; el detalle, lo que significa todos los fondos destinados a deportistas y sus respectivas federaciones.</p> <p> 4) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporaci&oacute;n acord&oacute; admitir a tramitaci&oacute;n este amparo, confiriendo traslado al Sr. Director Nacional del IND mediante Oficio N&deg; 010819 de 27 de octubre de 2016.</p> <p> Mediante Oficio N&deg; 3581 de 22 de noviembre de 2016, el Sr. Director Nacional del IND present&oacute; sus descargos u observaciones, se&ntilde;alando en s&iacute;ntesis que:</p> <p> a) Las fichas entregadas corresponden a todos los proyectos financiados por el IND con cargo a la cuenta presupuestaria indicada por el solicitante.</p> <p> b) No existen m&aacute;s antecedentes vinculados con lo solicitado.</p> <p> 5) GESTI&Oacute;N OFICIOSA: El Consejo, mediante correo electr&oacute;nico de 26 de enero de 2017, solicit&oacute; al IND lo siguiente: a) Se&ntilde;alar si es que posee m&aacute;s informaci&oacute;n sobre lo requerido, que aquella entregada en la respuesta al reclamante; b) En caso afirmativo, se&ntilde;alar cu&aacute;l es el volumen de la informaci&oacute;n que tendr&iacute;a que buscar y sistematizar, para que quede en estado de entregarse al requirente; c) Se&ntilde;alar cuanto tiempo requerir&iacute;a para buscar y sistematizar la informaci&oacute;n solicitada, para que quede en estado de entregarse al requirente.</p> <p> Mediante correo electr&oacute;nico de 30 de enero de 2017, el IND respondi&oacute; lo requerido, se&ntilde;alando en s&iacute;ntesis lo siguiente:</p> <p> a) A partir del listado de proyectos que aparecen en el archivo Excel entregado en la respuesta, la informacion en cuanto a rendiciones de cuenta es la siguiente: folio proyecto 1600042349, 40 p&aacute;ginas; folio proyecto 1600042390, 15 p&aacute;ginas; folio proyecto 1600049999, 460 p&aacute;ginas. Este &uacute;ltimo proyecto es de $383.182.340 y se han rendido hasta la fecha $190.366.772.</p> <p> b) De los proyectos folios 1600042448, 1600042429 y 1600042456, no hay rendiciones aceptadas hasta la fecha.</p> <p> c) En relaci&oacute;n con las rendiciones rechazadas, el IND no ha guardado copia de los documentos correspondientes.</p> <p> Y CONSIDERANDO:</p> <p> 1) Que, el objeto de este amparo se circunscribe a la insatisfacci&oacute;n del reclamante con la respuesta del IND a su solicitud de acceso a la informaci&oacute;n, por cuanto la informaci&oacute;n entregada no corresponder&iacute;a a la solicitada.</p> <p> 2) Que, el reclamante solicit&oacute; al IND el detalle de los gastos y/o destino de los dineros de ADO Chile, entregados por dicho organismo en el T&iacute;tulo 24, Subt&iacute;tulo 354 del Presupuesto 2016, que corresponder&iacute;a a $490.620.000. A modo de aclaraci&oacute;n, este Consejo revis&oacute; la Ley de Presupuestos del Sector P&uacute;blico A&ntilde;o 2016 y constat&oacute; que lo requerido se refiere al Subt&iacute;tulo 24, &Iacute;tem Asignaci&oacute;n 354 del Presupuesto 2016.</p> <p> 3) Que, en su respuesta, la reclamada entreg&oacute; 5 formularios de postulaci&oacute;n de proyectos deportivos y 2 planillas Excel de proyectos ADO l&iacute;nea ADO - Chile apoyo deportistas, y de proyectos ADO l&iacute;nea gastos administraci&oacute;n. En su respuesta a la gesti&oacute;n oficiosa efectuada por esta Corporaci&oacute;n, el IND se&ntilde;al&oacute; que de los proyectos entregados en la respuesta, uno de &eacute;stos corresponde a gastos por $383.182.340, habi&eacute;ndose rendido hasta la fecha, $190.366.772, e indic&oacute; que respecto de otros 3 proyectos, no hay rendiciones aceptadas hasta la fecha. Luego se&ntilde;al&oacute; que en relaci&oacute;n con las rendiciones rechazadas, el IND no posee copia de los documentos correspondientes.</p> <p> 4) Que, este Consejo tuvo a la vista los formularios de proyectos deportivos entregados en la respuesta, y constat&oacute; que &eacute;stos se refieren a formularios de postulaci&oacute;n de ADO Chile a proyectos deportivos, que contienen los gastos en bienes y servicios detallando a qu&eacute; corresponden &eacute;stos. A su vez, las planillas Excel entregan los montos totales en gastos de los proyectos referidos, y el estado de &eacute;stos, apareciendo algunos como aprobados y otros como seleccionados.</p> <p> 5) Que, por otro lado, la propia reclamada se&ntilde;al&oacute; que existen 3 proyectos, respecto de los cuales no hay rendiciones de cuenta aceptadas hasta la fecha, y que en relaci&oacute;n con las rendiciones rechazadas, el IND no posee copia de &eacute;stas. Al respecto, en las planillas Excel entregadas en la respuesta al reclamante, en relaci&oacute;n a estos 3 proyectos respecto de los cuales no habr&iacute;a rendiciones de cuenta aceptadas, aparecen 2 de ellos como aprobados y otro seleccionado.</p> <p> 6) Que, de lo expuesto, no resulta del todo claro cu&aacute;les han sido realmente los gastos de los dineros entregados por el IND a ADO Chile, correspondiente a la Ley de Presupuestos del a&ntilde;o 2016. En efecto, y tal como ya se se&ntilde;al&oacute;, en uno de los proyectos informados en las planillas Excel referidas, que comprende gastos por $383.182.340, se han rendido hasta la fecha $190.366.772.</p> <p> 7) Que, en dichas circunstancias, se acoger&aacute; el presente amparo, y se ordenar&aacute; al IND entregar a don Diego Moreno Harismendy, el detalle de los gastos efectivamente realizados y/o destino de los dineros de ADO Chile entregados por el IND en raz&oacute;n del Subt&iacute;tulo 24, &Iacute;tem Asignaci&oacute;n 354, del Presupuesto 2016, y que corresponde a un total de $490.620.000, o en el evento que parte de esta informaci&oacute;n haya sido ya entregada al reclamante, aclarar en forma detallada a que corresponden dichos gastos efectivamente realizados y/o destino de los dineros referidos.</p> <p> EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE OTORGAN LOS ART&Iacute;CULOS 24 Y SIGUIENTES Y 33 LETRA B) DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, Y POR LA UNANIMIDAD DE SUS MIEMBROS PRESENTES, ACUERDA:</p> <p> I. Acoger el amparo deducido por don Diego Moreno Harismendy en contra del Instituto Nacional del Deporte, en virtud de los fundamentos expuestos precedentemente.</p> <p> II. Requerir al Sr. Director Nacional del Instituto Nacional del Deporte:</p> <p> a) Entregar a don Diego Moreno Harismendy el detalle de los gastos efectivamente realizados y/o destino de los dineros de ADO Chile entregados por el IND en raz&oacute;n del Subt&iacute;tulo 24, &Iacute;tem Asignaci&oacute;n 354, del Presupuesto 2016, y que corresponde a un total de $490.620.000, o en el evento que parte de esta informaci&oacute;n haya sido ya entregada al reclamante, aclarar en forma detallada a que corresponden dichos gastos efectivamente realizados y/o destino de los dineros referidos.</p> <p> b) Cumplir dicho requerimiento en un plazo que no supere los 5 d&iacute;as h&aacute;biles contados desde que la presente decisi&oacute;n quede ejecutoriada, bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el art&iacute;culo 46 de la Ley de Transparencia.</p> <p> c) Informar el cumplimiento de esta decisi&oacute;n mediante comunicaci&oacute;n enviada al correo electr&oacute;nico cumplimiento@consejotransparencia.cl, o a la Oficina de Partes de este Consejo (Morand&eacute; N&deg; 360, piso 7&deg;, comuna y ciudad de Santiago), de manera que esta Corporaci&oacute;n pueda verificar que se d&eacute; cumplimiento a las obligaciones impuestas precedentemente en tiempo y forma.</p> <p> III. Encomendar al Director General y a la Directora Jur&iacute;dica de este Consejo, indistintamente, notificar la presente decisi&oacute;n a don Diego Moreno Harismendy y al Sr. Director Nacional del Instituto Nacional del Deporte.</p> <p> En contra de la presente decisi&oacute;n procede la interposici&oacute;n del reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante en el plazo de 15 d&iacute;as corridos, contados desde la notificaci&oacute;n de la resoluci&oacute;n reclamada, de acuerdo a lo prescrito en el art&iacute;culo 28 y siguientes de la Ley de Transparencia. Con todo, los &oacute;rganos de la Administraci&oacute;n del Estado no podr&aacute;n intentar dicho reclamo en contra de la resoluci&oacute;n del Consejo que otorgue el acceso a la informaci&oacute;n solicitada, cuando su denegaci&oacute;n se hubiere fundado en la causal del art&iacute;culo 21 N&deg; 1 de la Ley de Transparencia. Adem&aacute;s, no proceder&aacute; el recurso de reposici&oacute;n establecido en el art&iacute;culo 59 de la ley N&deg; 19.880, seg&uacute;n los fundamentos expresados por este Consejo en el acuerdo publicado en el Diario Oficial el 9 de junio de 2011.</p> <p> Pronunciada por el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, integrado por su Presidente don Jos&eacute; Luis Santa Mar&iacute;a Za&ntilde;artu y los Consejeros do&ntilde;a Vivianne Blanlot Soza, don Marcelo Drago Aguirre y don Jorge Jaraquemada Roblero.</p> <p> Por orden del Consejo Directivo, certifica la Directora Jur&iacute;dica del Consejo para la Transparencia do&ntilde;a Andrea Ruiz Rosas.</p> <p> &nbsp;</p>