Decisión ROL C273-20
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Reclamante: FERNANDO OYARZUN MUÑOZ  
Reclamado: MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE MELIPILLA  
Resumen del caso:

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Municipalidad de San Pedro de Melipilla, respecto a la solicitud, en síntesis, de información respecto a pagos por contrato de honorario, obligaciones funcionarias, contratación o acto administrativo de nombramiento de la persona que indica en la solicitud, en los periodos que consulta. Lo anterior, ya que la información entregada con ocasión de la respuesta, permite satisfacer la solicitud de información.

 
Tipo de decisión: Decisión de Fondo  
Fecha de la decisión: 5/29/2020  
Consejeros: -Marcelo Drago Aguirre
-Gloria Alejandra de la Fuente González
-Francisco Javier Leturia Infante
 
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<p> DECISI&Oacute;N AMPARO ROL C273-20</p> <p> &nbsp;</p> <p> Entidad p&uacute;blica: Municipalidad de San Pedro de Melipilla</p> <p> Requirente: Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz</p> <p> Ingreso Consejo: 17.01.2020</p> <p> RESUMEN</p> <p> Se rechaza el amparo deducido en contra de la Municipalidad de San Pedro de Melipilla, respecto a la solicitud, en s&iacute;ntesis, de informaci&oacute;n respecto a pagos por contrato de honorario, obligaciones funcionarias, contrataci&oacute;n o acto administrativo de nombramiento de la persona que indica en la solicitud, en los periodos que consulta.</p> <p> Lo anterior, ya que la informaci&oacute;n entregada con ocasi&oacute;n de la respuesta, permite satisfacer la solicitud de informaci&oacute;n.</p> <p> En sesi&oacute;n ordinaria N&deg; 1100 del Consejo Directivo, celebrada el 26 de mayo de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Funci&oacute;n P&uacute;blica y de Acceso a la Informaci&oacute;n de la Administraci&oacute;n del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el art&iacute;culo primero de la Ley N&deg; 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisi&oacute;n respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la informaci&oacute;n Rol C273-20.</p> <p> VISTOS:</p> <p> Los art&iacute;culos 5&deg;, inciso 2&deg;, 8&deg; y 19 N&deg; 12 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica de la Rep&uacute;blica; las disposiciones aplicables de la ley N&deg; 20.285, sobre acceso a la informaci&oacute;n p&uacute;blica y de la ley N&deg; 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los &oacute;rganos de la Administraci&oacute;n del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N&deg; 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretar&iacute;a General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N&deg; 18.575, org&aacute;nica constitucional sobre bases generales de la Administraci&oacute;n del Estado; y los decretos supremos N&deg; 13, de 2009 y N&deg; 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretar&iacute;a General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del art&iacute;culo primero de la ley N&deg; 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.</p> <p> TENIENDO PRESENTE:</p> <p> 1) SOLICITUD DE ACCESO: El 17 de junio de 2019, don Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz solicit&oacute; a la Municipalidad de San Pedro de Melipilla la siguiente informaci&oacute;n:</p> <p> &quot;1.- Solicita informaci&oacute;n acerca de los pagos efectuados a abogado, Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, con cargo a contrato de honorarios asimilado a grado, de fecha 25 de marzo de 2015, a que hace referencia el documento &quot;Contestaci&oacute;n de demanda&quot; ingresado por Alcalde, en causa judicial, ROL RIT: C- 203-2017, del Primer Juzgado de Letras de Melipilla. Con copia de la documentaci&oacute;n en que se sustenta la respuesta.</p> <p> 2.- Solicita informaci&oacute;n acerca de cu&aacute;les eran las obligaciones funcionarias que correspond&iacute;an al abogado Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, en el municipio, en los per&iacute;odos : a&ntilde;o 2012 a 30.06.2015 y 01.06.2015 a 15.12.2016; y en virtud de cual acto administrativo de nombramiento. Con copia de la documentaci&oacute;n en que se sustenta la respuesta.</p> <p> 3.- Solicita informaci&oacute;n acerca de cu&aacute;l es la contrataci&oacute;n o acto administrativo de nombramiento, que ampara los servicios prestados por el abogado Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, que son cobrados en el juicio ROL RIT: C-203-2017, del Primer Juzgado de Letras de Melipilla. Con copia de la documentaci&oacute;n en que se sustenta la respuesta.</p> <p> 4.- Solicita informaci&oacute;n acerca de cu&aacute;l es la contrataci&oacute;n o acto administrativo de nombramiento, que ampara los servicios profesionales prestados por el abogado Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, en las defensas y representaciones judiciales por el municipio efectuadas ante Tribunales de Justicia, en per&iacute;odo : 2012-2016. Con copia de la documentaci&oacute;n en que se sustenta la respuesta.</p> <p> 5.- Solicito informaci&oacute;n acerca de cu&aacute;l es la contrataci&oacute;n o acto administrativo de nombramiento, que ampara los servicios profesionales prestados por abogados, Francisco Javier Larenas Vega y Roberto Meersohn, en las defensas y representaciones judiciales por el municipio efectuadas ante Tribunales de Justicia, en per&iacute;odo : 2016-2018. Con copia de la documentaci&oacute;n en que se sustenta la respuesta.</p> <p> 6.- Solicito informaci&oacute;n acerca de cu&aacute;l es la contrataci&oacute;n o acto administrativo de nombramiento, que ampara los servicios profesionales prestados por abogada, Adelaida Mendoza Serrano, en las defensas y representaciones judiciales por el municipio efectuadas ante Tribunales de Justicia, en per&iacute;odo : 2016-2019. Con copia de la documentaci&oacute;n en que se sustenta la respuesta&quot;.</p> <p> 2) RESPUESTA: Por medio de presentaci&oacute;n Ord. N&deg;1003, de fecha 30 de julio de 2019, enviado por correo electr&oacute;nico de 13 de enero de 2020, se indica que respecto a los puntos 1, 2, 3 y 4, se adjunta el memor&aacute;ndum antes indicado.</p> <p> Respecto al numeral 5) se informa que las personas aludidas no tuvieron contratos adicionales por defensa y representaci&oacute;n judicial del municipio ante tribunales, mientras prestaron servicios al interior del organismo, durante el per&iacute;odo consultado.</p> <p> Finalmente, en cuanto al numeral 6), indica que la persona aludida no ha tenido contratos adicionales por defensa y presentaci&oacute;n judicial del municipio ante tribunales, mientras ha prestado servicios en el municipio, durante el per&iacute;odo consultado</p> <p> Mediante Memor&aacute;ndum N&deg; 212 de la Directora de Administraci&oacute;n y Finanzas, de fecha 15 de julio de 2019, la Municipalidad de San Pedro de Melipilla respondi&oacute; a dicho requerimiento de informaci&oacute;n indicando que respecto al punto 1: se adjuntan decretos de pagos con sus respectivos respaldos; respecto al punto 2: se adjuntan decretos de nombramientos sobre subrogancias realizadas en el Juzgado de Polic&iacute;a Local y contratos bajo las normas de c&oacute;digo del trabajo (educaci&oacute;n); respecto al punto 3: se adjuntan decretos de nombramientos sobre subrogancias realizadas en el Juzgado de Polic&iacute;a Local y contratos bajo las normas de c&oacute;digo del trabajo (educaci&oacute;n); respecto al punto 4: se adjuntan decretos de nombramientos sobre subrogancias realizadas en el Juzgado de Polic&iacute;a Local y contratos bajo las normas de c&oacute;digo del trabajo (educaci&oacute;n).</p> <p> Que de acuerdo a lo acompa&ntilde;ado por el reclamado, este consta de:</p> <p> - Decreto de Pago N&deg;299, de fecha 20 de abril de 2015, a nombre de Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, correspondiente a Marzo 205. Por el cual paga honorario por Servicios de Asesor&iacute;a Jur&iacute;dica.</p> <p> - Decreto de Pago N&deg;388, de fecha 29 de mayo de 2015, a nombre de Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, correspondiente a Marzo 205. Por el cual paga honorarios por Servicios de Asesor&iacute;a Jur&iacute;dica.</p> <p> - Boleta de Honorarios Electr&oacute;nica N&deg;216, de fecha 30 de mayo de 2015, emitida por Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz por concepto de asesor&iacute;a jur&iacute;dica.</p> <p> - Boleta de Honorarios Electr&oacute;nica N&deg;214, de fecha 31 de marzo de 2015, emitida por Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz por concepto de asesor&iacute;a jur&iacute;dica.</p> <p> - Informe de Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz de fecha marzo 2015.</p> <p> - Informe de Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz de fecha mayo 2015.</p> <p> - Informe de Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz de fecha marzo 2014.</p> <p> - Certificado del Alcalde la Municipalidad de San Pedro, de fecha marzo 2015 por el cual certifica que Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz cumpli&oacute; sus funciones en la fecha indicada.</p> <p> - Certificado del Alcalde la Municipalidad de San Pedro, de fecha mayo 2015 por el cual certifica que Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz cumpli&oacute; sus funciones en la fecha indicada</p> <p> - Memor&aacute;ndum N&deg;97, de fecha 01 de abril de 2015, materia: adjunta boleta de honorario, emitido por el Alcalde la Municipalidad de San Pedro a la Directora de Administraci&oacute;n y Finanzas el cual consigna que remite boleta de honorarios e informe correspondiente al mes de marzo de 2015 del Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Memor&aacute;ndum N&deg;131, de fecha 29 de mayo de 2015, materia: solicita pago de honorario, emitido por el Alcalde la Municipalidad de San Pedro a la Directora de Administraci&oacute;n y Finanzas el cual consigna que remite boleta de honorarios N&deg; del Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, que corresponde a mayo 2015.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg;850, sin fecha, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba el contrato a honorarios entre el municipio y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg;850, de fecha 18 de junio de 2012, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba el contrato a honorarios entre el municipio y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg;829, de fecha 11 de junio de 2012, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba el contrato a honorarios entre el municipio y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg;1665, de fecha 06 de diciembre de 2012, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 12, de fecha 09 de enero de 2013, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 56, de fecha 21 de febrero de 2013, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz</p> <p> - Decreto alcaldicio S/N&deg; legible, de fecha 22 de febrero de 2013, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio S/N&deg; legible, sin fecha legible, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio S/N&deg; legible, de fecha 04 de marzo de 2013, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg;529, de fecha 22 de marzo de 2013, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg;1630, de fecha 03 de abril de 2013, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg;938, de fecha 17 de junio de 2013, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg;2159, de fecha 31 de diciembre de 2013, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg;1585, de fecha 19 de noviembre de 2012, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg;1405, de fecha 08 de octubre de 2012, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg;1272, de fecha 12 de septiembre de 2012, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg;1044, sin fecha, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 155, de fecha ilegible, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 85, de fecha 20 de enero de 2014, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 214, de fecha ilegible, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 556, de fecha 11 de marzo de 2014, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 1197, de fecha 30 de mayo de 2014, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 1900, de fecha 20 de agosto de 2014, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba contrato a honorario entre el municipio y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 2874, de fecha 12 de diciembre de 2014, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 2971, de fecha 29 de diciembre de 2014, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 2500 , de fecha ilegible, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 66, de fecha 14 de enero de 2015, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 67, de fecha 14 de enero de 2015, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 156, de fecha 25 de marzo de 2015, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 276, de fecha 01 de junio de 2015, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Contrato a honorario, de fecha 27 de marzo de 2015 entre la Municipalidad de San Pedro y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, para prestar servicios como profesional abogado y ejecutar la labor de prestar atenci&oacute;n y orientaci&oacute;n legal a vecinos de escasos recursos de la Comuna de San Pedro.</p> <p> - Programa, a&ntilde;o 2015, &quot;Atenci&oacute;n y Orientaci&oacute;n Legal a Vecinos de Escasos Recurso de la Comuna de San Pedro&quot;</p> <p> - Programa, &quot;Atenci&oacute;n y Orientaci&oacute;n Legal a Vecinos de Escasos Recurso de la Comuna de San Pedro, en contexto de apoyo social&quot;</p> <p> - Documento que consigna los honorarios funcionarios municipales, Programa Servicios Comunitarios , mes de mayo 2015.</p> <p> - Anexo de Contrato a Honorarios, de fecha 21 de agosto de 2014 entre la Municipalidad de San Pedro y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 1005, de fecha 24 de noviembre de 2016, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba contrataci&oacute;n para cumplir funciones en el departamento de educaci&oacute;n al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 1004, de fecha 24 de noviembre de 2016, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, acepta renuncia voluntaria del Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 990, de fecha 30 de noviembre de 2016, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, designa como subrogante Juez de Polic&iacute;a Local de San Pedro al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> - Decreto alcaldicio N&deg; 1030, de fecha 15 de diciembre de 2016, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, de termino a la relaci&oacute;n laboral con el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz.</p> <p> 3) AMPARO: El 17 de enero de 2020, don Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz dedujo amparo a su derecho de acceso a la informaci&oacute;n en contra del se&ntilde;alado &oacute;rgano de la Administraci&oacute;n del Estado, fundado en que la informaci&oacute;n entregada no corresponde a la solicitada.</p> <p> El reclamante hizo presente que respecto al punto 1: lo pedido es &quot;... informaci&oacute;n acerca de los pagos efectuados a abogado, Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, con cargo a Contrato de honorarios asimilado a grado, de fecha 25 de marzo de 2015...&quot;. Sin embargo, en la respuesta no se indica cu&aacute;les son esos pagos, ni la documentaci&oacute;n precisa que da cuenta de ellos, con cargo al Contrato de honorarios asimilado a grado, de fecha 25 de marzo de 2015.</p> <p> Sobre al punto 2: lo respondido no guarda relaci&oacute;n con lo consultado, ya que no indica cuales son las obligaciones funcionarias que correspond&iacute;an a la persona aludida y, tampoco se se&ntilde;ala cual es el acto administrativo de nombramiento para el desempe&ntilde;o de las obligaciones funcionarias en el municipio.</p> <p> Respecto al punto 3: lo respondido no guarda relaci&oacute;n con lo consultado, ya que este se encuentra orientado con la contrataci&oacute;n de servicios prestados que son cobrados en el juicio ROL RIT: C-203-2017, del Primer Juzgado de Letras de Melipilla; y la respuesta dice relaci&oacute;n con servicios prestados en Juzgado de Polic&iacute;a Local, como juez subrogante y con labores contratadas para desempe&ntilde;o en Departamento de Educaci&oacute;n.</p> <p> Por &uacute;ltimo respecto al punto 4: lo respondido no guarda relaci&oacute;n con lo consultado, ya que la consulta est&aacute; relacionada con la contrataci&oacute;n o acto administrativo de nombramiento, respecto defensas y representaciones judiciales; y la respuesta dice relaci&oacute;n con servicios prestados en Juzgado de Polic&iacute;a Local, como juez Subrogante y con labores contratadas para desempe&ntilde;o en Departamento de Educaci&oacute;n.</p> <p> 4) AUSENCIA DE DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporaci&oacute;n acord&oacute; admitir a tramitaci&oacute;n este amparo, confiriendo traslado al Sr. Alcalde de la Municipalidad de San Pedro de Melipilla , mediante Oficio N&deg; E1432 de 31 de enero de 2020 solicitando que: (1&deg;) indique las razones por las cuales la solicitud de informaci&oacute;n no habr&iacute;a sido atendida oportunamente; (2&deg;) se&ntilde;ale si, a su juicio, la respuesta otorgada al reclamante satisface &iacute;ntegramente su requerimiento de informaci&oacute;n, atendido que el reclamante en su presentaci&oacute;n indica la entrega de informaci&oacute;n que no corresponde a la solicitada en lo que se refiere a los puntos 1, 2, 3 y 4 de su solicitud; (3&deg;) se&ntilde;ale si la informaci&oacute;n reclamada obra en poder del &oacute;rgano que representa, constando en alguno de los soportes documentales que se&ntilde;ala el inciso segundo del art&iacute;culo 10 de Ley de Transparencia; (4&deg;) se refiera a la eventual concurrencia de alguna circunstancia de hecho que haga procedente la denegaci&oacute;n de la informaci&oacute;n reclamada; y, (5&deg;) se pronuncie acerca de la eventual concurrencia de algunas de las causales constitucionales o legales de secreto o reserva que, a su juicio, har&iacute;an procedente la denegaci&oacute;n de la informaci&oacute;n reclamada; y, (6&deg;) en el evento de pretender complementar la respuesta a la solicitud, rem&iacute;tasela directamente a la parte recurrente, aplicando la divisibilidad respectiva, en caso de existir datos de car&aacute;cter personal y/o sensible, de conformidad a la Ley 19.628, con copia a este Consejo, a fin de evaluar la finalizaci&oacute;n del presente amparo, a trav&eacute;s del Sistema Anticipado de Resoluci&oacute;n de Controversias (SARC).</p> <p> A la fecha del presente acuerdo, no consta que el &oacute;rgano haya evacuado descargos en esta sede.</p> <p> Y CONSIDERANDO:</p> <p> 1) Que, lo solicitado corresponde, en s&iacute;ntesis, la informaci&oacute;n respecto a pagos por contrato de honorario, obligaciones funcionarias, contrataci&oacute;n o acto administrativo de nombramiento de la persona que indica en la solicitud, en diversos periodos. Adem&aacute;s de cu&aacute;l es la contrataci&oacute;n o acto administrativo de nombramiento, que ampara los servicios profesionales de otras dos personas que se indican. Al respecto, el &oacute;rgano inform&oacute; en la respuesta que respecto a los puntos 1, 2, 3 y 4, se adjunta el memor&aacute;ndum Ord. N&deg;1003, de fecha 30 de julio de 2019. Que en relaci&oacute;n al punto 5 se informa que las personas aludidas no tuvieron contratos adicionales por defensa y representaci&oacute;n judicial del municipio ante tribunales, mientras prestaron servicios al interior del organismo, durante el per&iacute;odo consultado. Finalmente, en cuanto al punto 6, indica que la persona aludida no ha tenido contratos adicionales por defensa y presentaci&oacute;n judicial del municipio ante tribunales, mientras ha prestado servicios al interior del organismo, durante el per&iacute;odo consultado.</p> <p> 2) Que, de acuerdo a lo solicitado en el punto 1: &quot;Solicita informaci&oacute;n acerca de los pagos efectuados a abogado, Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, con cargo a contrato de honorarios asimilado a grado, de fecha 25 de marzo de 2015, a que hace referencia el documento &quot;Contestaci&oacute;n de demanda&quot; ingresado por Alcalde, en causa judicial, ROL RIT: C- 203-2017, del Primer Juzgado de Letras de Melipilla. Con copia de la documentaci&oacute;n en que se sustenta la respuesta&quot;. Al respecto el &oacute;rgano acompa&ntilde;a la contestaci&oacute;n de demanda, caratulada &quot;Oyarzun con Ilustre Municipalidad de San Pedro&quot;, Rol 203-2017. Asimismo acompa&ntilde;a contrato de honorarios asimilado a grado, fecha 25 de marzo de 2015, de la persona que indica con la Municipalidad de San Pedro y se acompa&ntilde;an Decreto de Pago N&deg;299, de fecha 20 de abril de 2015, a nombre de Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, correspondiente a Marzo 2015. Por el cual paga honorario por Servicios de Asesor&iacute;a Jur&iacute;dica y Decreto de Pago N&deg;388, de fecha 29 de mayo de 2015, a nombre de Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, correspondiente a Marzo 2015. En raz&oacute;n de lo anterior, esta Corporaci&oacute;n dar&aacute; por satisfecha el requerimiento en esta parte.</p> <p> 3) Que, de acuerdo a lo solicitado en el punto 2: &quot;Solicita informaci&oacute;n acerca de cu&aacute;les eran las obligaciones funcionarias que correspond&iacute;an al abogado Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, en el municipio, en los per&iacute;odos : a&ntilde;o 2012 a 30.06.2015 y 01.06.2015 a 15.12.2016; y en virtud de cual acto administrativo de nombramiento. Con copia de la documentaci&oacute;n en que se sustenta la respuesta&quot;. Al respecto el &oacute;rgano acompa&ntilde;a Contrato a honorario, de fecha 27 de marzo de 2015 entre la Municipalidad de San Pedro y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, para prestar servicios como profesional abogado y ejecutar la labor de prestar atenci&oacute;n y orientaci&oacute;n legal a vecinos de escasos recursos de la Comuna de San Pedro. Adem&aacute;s se acompa&ntilde;a Programa, a&ntilde;o 2015, &quot;Atenci&oacute;n y Orientaci&oacute;n Legal a Vecinos de Escasos Recurso de la Comuna de San Pedro&quot; y Programa, &quot;Atenci&oacute;n y Orientaci&oacute;n Legal a Vecinos de Escasos Recurso de la Comuna de San Pedro, en contexto de apoyo social&quot;, lo anterior en relaci&oacute;n con el Decreto alcaldicio N&deg; 1005, de fecha 24 de noviembre de 2016, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba contrataci&oacute;n para cumplir funciones en el departamento de educaci&oacute;n al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz. En raz&oacute;n de lo anterior, esta Corporaci&oacute;n dar&aacute; por satisfecha el requerimiento en esta parte.</p> <p> 4) Que, de acuerdo a lo solicitado en el punto 3: &quot;Solicita informaci&oacute;n acerca de cu&aacute;l es la contrataci&oacute;n o acto administrativo de nombramiento, que ampara los servicios prestados por el abogado Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, que son cobrados en el juicio ROL RIT: C-203-2017, del Primer Juzgado de Letras de Melipilla. Con copia de la documentaci&oacute;n en que se sustenta la respuesta&quot;. Al respecto el &oacute;rgano acompa&ntilde;a Contrato a honorario, de fecha 27 de marzo de 2015 entre la Municipalidad de San Pedro y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, para prestar servicios como profesional abogado y ejecutar la labor de prestar atenci&oacute;n y orientaci&oacute;n legal a vecinos de escasos recursos de la Comuna de San Pedro. Asimismo acompa&ntilde;a Decreto alcaldicio N&deg;850, sin fecha, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba el contrato a honorarios entre el municipio y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, Decreto alcaldicio N&deg;850, de fecha 18 de junio de 2012, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba el contrato a honorarios entre el municipio y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz y Decreto alcaldicio N&deg;829, de fecha 11 de junio de 2012, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba el contrato a honorarios entre el municipio y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz. En raz&oacute;n de lo anterior, esta Corporaci&oacute;n dar&aacute; por satisfecha el requerimiento en esta parte.</p> <p> 5) Que, de acuerdo a lo solicitado en el punto 4: &quot;Solicita informaci&oacute;n acerca de cu&aacute;l es la contrataci&oacute;n o acto administrativo de nombramiento, que ampara los servicios profesionales prestados por el abogado Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, en las defensas y representaciones judiciales por el municipio efectuadas ante Tribunales de Justicia, en per&iacute;odo : 2012-2016. Con copia de la documentaci&oacute;n en que se sustenta la respuesta&quot;. Al respecto el &oacute;rgano acompa&ntilde;a Contrato a honorario, de fecha 27 de marzo de 2015 entre la Municipalidad de San Pedro y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, para prestar servicios como profesional abogado y ejecutar la labor de prestar atenci&oacute;n y orientaci&oacute;n legal a vecinos de escasos recursos de la Comuna de San Pedro. Asimismo acompa&ntilde;a Decreto de Pago N&deg;299, de fecha 20 de abril de 2015, a nombre de Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, correspondiente a Marzo 205. Por el cual paga honorario por Servicios de Asesor&iacute;a Jur&iacute;dica, Decreto de Pago N&deg;388, de fecha 29 de mayo de 2015, a nombre de Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, correspondiente a Marzo 205. Por el cual paga honorarios por Servicios de Asesor&iacute;a Jur&iacute;dica, Boleta de Honorarios Electr&oacute;nica N&deg;216, de fecha 30 de mayo de 2015, emitida por Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz por concepto de asesor&iacute;a jur&iacute;dica, Boleta de Honorarios Electr&oacute;nica N&deg;214, de fecha 31 de marzo de 2015, emitida por Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz por concepto de asesor&iacute;a jur&iacute;dica, Informe de Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz de fecha marzo 2015, Informe de Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz de fecha mayo 2015, Informe de Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz de fecha marzo 2014, Certificado del Alcalde la Municipalidad de San Pedro, de fecha marzo 2015 por el cual certifica que Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz cumpli&oacute; sus funciones en la fecha indicada, Certificado del Alcalde la Municipalidad de San Pedro, de fecha mayo 2015 por el cual certifica que Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz cumpli&oacute; sus funciones en la fecha indicada, Memor&aacute;ndum N&deg;97, de fecha 01 de abril de 2015, materia: adjunta boleta de honorario, emitido por el Alcalde la Municipalidad de San Pedro a la Directora de Administraci&oacute;n y Finanzas el cual consigna que remite boleta de honorarios e informe correspondiente al mes de marzo de 2015 del Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, Memor&aacute;ndum N&deg;131, de fecha 29 de mayo de 2015, materia: solicita pago de honorario, emitido por el Alcalde la Municipalidad de San Pedro a la Directora de Administraci&oacute;n y Finanzas el cual consigna que remite boleta de honorarios N&deg; del Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, que corresponde a mayo 2015, Decreto alcaldicio N&deg;850, sin fecha, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba el contrato a honorarios entre el municipio y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, Decreto alcaldicio N&deg;850, de fecha 18 de junio de 2012, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba el contrato a honorarios entre el municipio y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, Decreto alcaldicio N&deg;829, de fecha 11 de junio de 2012, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba el contrato a honorarios entre el municipio y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, Documento que consigna los honorarios funcionarios municipales, Programa Servicios Comunitarios , mes de mayo 2015, Anexo de Contrato a Honorarios, de fecha 21 de agosto de 2014 entre la Municipalidad de San Pedro y el Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz y Decreto alcaldicio N&deg; 1005, de fecha 24 de noviembre de 2016, por medio del cual el Alcalde la Municipalidad de San Pedro, aprueba contrataci&oacute;n para cumplir funciones en el departamento de educaci&oacute;n al Sr. Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz. En raz&oacute;n de lo anterior, esta Corporaci&oacute;n dar&aacute; por satisfecha el requerimiento en esta parte.</p> <p> 6) Que, de acuerdo lo descrito en los considerandos anteriores, por cuanto con ocasi&oacute;n de la respuesta el &oacute;rgano proporcion&oacute; informaci&oacute;n que da respuesta a la solicitud de informaci&oacute;n, y realizado un an&aacute;lisis de conformidad entre lo solicitado y lo entregado por el &oacute;rgano, se logra dar por satisfecho dicho requerimiento, por tanto se rechazara &eacute;l presente amparo.</p> <p> EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE OTORGAN LOS ART&Iacute;CULOS 24 Y SIGUIENTES Y 33 LETRA B) DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, Y POR LA UNANIMIDAD DE SUS MIEMBROS PRESENTES, ACUERDA:</p> <p> I. Rechazar el amparo interpuesto por don Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz en contra de la Municipalidad de San Pedro de Melipilla, en virtud de los fundamentos expuestos precedentemente.</p> <p> II. Encomendar a la Directora General y al Director Jur&iacute;dico de este Consejo, indistintamente, notificar la presente decisi&oacute;n a don Fernando Oyarzun Mu&ntilde;oz, y al Sr. Alcalde de la Municipalidad de San Pedro de Melipilla.</p> <p> En contra de la presente decisi&oacute;n procede la interposici&oacute;n del reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante en el plazo de 15 d&iacute;as corridos, contados desde la notificaci&oacute;n de la resoluci&oacute;n reclamada, de acuerdo a lo prescrito en el art&iacute;culo 28 y siguientes de la Ley de Transparencia. Con todo, los &oacute;rganos de la Administraci&oacute;n del Estado no podr&aacute;n intentar dicho reclamo en contra de la resoluci&oacute;n del Consejo que otorgue el acceso a la informaci&oacute;n solicitada, cuando su denegaci&oacute;n se hubiere fundado en la causal del art&iacute;culo 21 N&deg; 1 de la Ley de Transparencia. Adem&aacute;s, no proceder&aacute; el recurso de reposici&oacute;n establecido en el art&iacute;culo 59 de la ley N&deg; 19.880, seg&uacute;n los fundamentos expresados por este Consejo en el acuerdo publicado en el Diario Oficial el 9 de junio de 2011.</p> <p> Pronunciada por el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, integrado por su Presidente don Jorge Jaraquemada Roblero y sus Consejeros do&ntilde;a Gloria de la Fuente Gonz&aacute;lez, don Marcelo Drago Aguirre y don Francisco Leturia Infante.</p> <p> Por orden del Consejo Directivo, certifica el Director Jur&iacute;dico del Consejo para la Transparencia don David Ibaceta Medina.</p>