Resumen del caso:
RESUMEN
Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Subsecretaría de Salud Pública, relativo a
la entrega de la nómina de funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores que hayan
recibido una o más dosis de vacunación contra el SARS-CoV-2, durante el período y con el
detalle que se indica.
Lo anterior, debido a que no se disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión
contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que no cuentan con la
información en los términos solicitados.
A su vez, se derivará de oficio el presente requerimiento al Ministerio de Relaciones
Exteriores, por advertirse que los funcionarios consultados prestan funciones en dicho
organismo. Lo anterior, en aplicación de los Principios de Facilitación y Máxima
Divulgación.
En sesión ordinaria Nº 1216 del Consejo Directivo, celebrada el 21 de septiembre de 2021,
con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso
a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C2764-21.
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