Resumen del caso:
RESUMEN
Se acoge el amparo deducido en contra del Hospital Regional Hernán Henríquez de
Temuco, ordenándose la entrega de información sobre el número de camas usadas,
indicando días de uso por pacientes, en ese recinto hospitalario, en los períodos del 01 de
enero al 31 de marzo de 2019; del 01 de enero al 31 de marzo de 2020 y del 01 de enero al 28
de marzo de 2021.
Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual,
no se acreditó suficientemente la causal de secreto o reserva esgrimida por el órgano
reclamado.
En sesión ordinaria Nº 1216 del Consejo Directivo, celebrada el 21 de septiembre de 2021,
con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso
a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C4847-21.
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