Resumen del caso:
RESUMEN
Se acoge el amparo deducido en contra del Servicio de Salud Metropolitano Central,
ordenándose la entrega de copia de las licencias médicas que individualiza.
Lo anterior, por cuanto se trata de información relativa a la propia reclamante, respecto de
la cual, se desestimó, la inexistencia esgrimida por el órgano, conforme al estándar
establecido por esta Corporación en la Instrucción General N°10 de este Consejo, no
advirtiéndose la concurrencia de causales de secreto o reserva que justifiquen la denegación
de lo pedido.
En sesión ordinaria Nº 1256 del Consejo Directivo, celebrada el 28 de febrero de 2022, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C8978-21.
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