Resumen del caso:
RESUMEN
Se acoge el amparo deducido en contra de la Ilustre Municipalidad de Renca, relativo a la
entrega de sesiones del Concejo Municipal donde consten las modificaciones al Estudio de
capacidad vial presentado a la comuna.
Lo anterior en consideración a que la causal de reserva invocada por el órgano de la
administración del Estado, esto es que se trata de antecedentes necesarios a defensas
jurídicas y judiciales que afecten el debido cumplimiento de las funciones del órgano no se
encuentra suficientemente acreditada, ya que, al ser una causal de reserva de derecho
estricto, no basta indicar que existen procesos judiciales y/o administrativos pendientes.
En sesión ordinaria Nº 1335 del Consejo Directivo, celebrada el 10 de enero de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C5504-22.
|
|