Decisión ROL C6773-22
Reclamante: GUSTAVO VARAS VEGA  
Reclamado: SERVICIO DE SALUD COQUIMBO  
Resumen del caso:

Se acoge parcialmente el amparo en contra del Servicio de Salud Coquimbo, ordenando entregar la información reclamada a los funcionarios que se individualizan y sobre el concurso de selección de personal que se consulta realizado para el Hospital Dr. Humberto Elorza Cortés de Illapel, con excepción de los correos electrónicos requeridos, y tarjando previamente aquellos datos personales contenidos en la información que se ordena proporcionar, conforme lo dispone la Ley Sobre Protección de la Vida Privada y Ley de Transparencia Lo anterior, por tratarse de información pública respecto de la cual no se alegó ni acreditó alguna causal de reserva que justifique su denegación, y además de haberse desestimado la incompetencia declarada por la entidad recurrida. Por otra parte, se rechaza el amparo deducido respecto de la entrega de correos electrónicos pedidos, por cuanto la Ley de Transparencia no tiene la especificidad ni la determinación que exige la Constitución Política para restringir el derecho que protege las comunicaciones vía correos electrónicos, pues no determina los casos ni las formas en que sería admisible la limitación de este derecho fundamental garantizado por el artículo 19 N°5 de la Carta Fundamental, en función de resguardar al máximo posible la intimidad y la vida privada de su titular. En consecuencia, se configura la causal de reserva prescrita en el artículo 21 Nº 2 de la Ley de Transparencia. Consta el voto disidente del Consejero don Bernardo Navarrete Yañez, quien no comparte lo razonado en relación a la naturaleza de los correos electrónicos, para quien dichos antecedentes, generados desde una casilla institucional en el ejercicio de competencias públicas, constituyen una manera de comunicación formal entre los funcionarios públicos que forma parte del íter decisional, lo que supone reconocer que estas comunicaciones electrónicas tienen el carácter de información pública, y no concurre una causal de secreto o reserva legal a su respecto.

 
Tipo de decisión: Decisión de Fondo  
Fecha de la decisión: 4/27/2023  
Consejeros: -Francisco Javier Leturia Infante
-Natalia Andrea González Bañados
-Bernardo Eric Navarrete Yáñez
 
Legislación aplicada: Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
 
Palabras clave:  
Jurisprudencia desde:  
Jurisprudencia a:  
Recursos relacionados:  
Descriptores jurídicos:  
Descriptores analíticos:  
  • PDF