Decisión ROL C6814-22
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Reclamante: ADRIANA ROJAS PAEZ  
Reclamado: DIRECCIÓN DEL TRABAJO  
Resumen del caso:

Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Dirección del Trabajo, teniendo por cumplida extemporáneamente su obligación de informar respecto a lo pedido en la letra b) punto iv) de la solicitud formulada, con la notificación de la presente decisión, referido a los antecedentes contenidos en el Registro Nacional de Sindicatos con relación al sindicato consultado. Por otra parte, se rechaza el amparo respecto de lo pedido en la letra b) numerales ii) y vi) de la solicitud formulada. Lo anterior, por cuanto, de divulgarse antecedentes que conforman una investigación por vulneración de derechos fundamentales, se afectaría el debido cumplimiento de las funciones de dicho organismo, toda vez que su conocimiento puede inhibir que los trabajadores afectados por conductas que vulneren sus derechos presenten denuncias ante el organismo fiscalizador. Asimismo, porque la publicidad, comunicación o conocimiento de dicha información puede afectar los derechos de los trabajadores denunciantes o de los que han prestado declaración. En este contexto, la aplicación de las normas de la Ley de Transparencia, respecto a antecedentes como aquellos reclamados en el amparo en esta parte, debe necesariamente ponderar los principios y garantías de derecho laboral aplicables al tipo de información requerida. En conformidad a lo indicado, este Consejo invariablemente ha resuelto que los antecedentes de carácter sustantivo vinculados a procedimientos administrativos de investigación de denuncias por vulneración de derechos fundamentales de los trabajadores, forman parte de la esfera de protección normativa contemplada en las causales de reserva del numeral primero y segundo del artículo 21 de la Ley de Transparencia; sin efectuar una distinción casuística respecto del origen o contenido específico de cada documento solicitado, lo que resulta proporcional a la naturaleza del procedimiento en el que incide el requerimiento de acceso, que busca el restablecimiento en el ejercicio del derecho lesionado y la reparación del daño producido por su vulneración, cuando dicha afectación provenga del ejercicio de las facultades que la ley le reconoce al empleador. Aplica criterio recaído en las decisiones de los amparos roles C13-12, C2458-15, C3463-16, C3009-17, C2773-18, C1699-20, C10094-22, entre otros. Finalmente, también se rechaza el amparo respecto de lo requerido en la letra b) puntos vii) y viii), en atención a que no se disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que no cuenta con la información solicitada.

 
Tipo de decisión: Decisión de Fondo  
Fecha de la decisión: 4/27/2023  
Consejeros: -Francisco Javier Leturia Infante
-Natalia Andrea González Bañados
-Bernardo Eric Navarrete Yáñez
 
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