Resumen del caso:
Se acoge el reclamo de transparencia activa deducido en contra de la SEREMI de Salud Región de Los Ríos, por cuanto el órgano no mantenía a disposición permanente del público, de forma completa, la información referida a Actos y Resoluciones sobre Terceros, específicamente la referida a autorizaciones de cambio de razón social, y resoluciones sanitarias, donde se censura, el nombre del representante legal, y nombre de la empresa antes autorizada, ordenando al órgano reclamado publicar en el sitio web de Transparencia Activa, información actualizada y completa respecto de estos ítems , de conformidad al artículo 7 de la Ley de Transparencia y la Instrucción General N°11.
Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual, se advirtió la improcedencia del tarjamiento de los datos realizado por el órgano, toda vez que en la medida que forman parte de un documento o acto administrativo, quedan sujeto al régimen de publicidad de los mismos. Además, contribuye especialmente a la finalidad de control social, a efectos de verificar, por ejemplo, si quien ejerce la actividad comercial, cumple las condiciones necesarias para el ejercicio de la misma.
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