Resumen del caso:
Se rechaza el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, referente a la entrega de un listado de todos los médicos con especialidad en ginecología de la red pública, con indicación de la circunstancia de ser o no objetores de conciencia, en relación con las causales de interrupción del embarazo.
Lo anterior, debido a que no se disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que no obra en su poder información distinta y adicional a la ya entregada.
La Consejera doña Gloria de la Fuente González se abstuvo de intervenir y votar en el presente amparo.
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