Resumen del caso:
Se acoge el amparo deducido en contra de la Dirección del Trabajo, ordenándose la entrega de la información relativa a los antecedentes de la Resolución Exenta N° 686 de la Dirección del Trabajo.
Lo anterior, por cuanto no se configura la causal de reserva del artículo 21 N° 1 letra a) de la Ley de Transparencia, por cuanto dicha causal de excepción debe interpretarse de manera estricta, debiendo concluirse que la sola existencia de un juicio pendiente en que sea parte el órgano requerido no transforma en secretos los documentos relacionados con éste. Para que ello ocurra, debe existir una relación directa entre los documentos o información que se solicita y el litigio que se sustancia, debiendo verificarse, además, una afectación al debido funcionamiento del órgano en caso de revelarse aquéllos, lo que no ocurre en este caso.
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