Resumen del caso:
RESUMEN
Se acoge el amparo deducido en contra de la Asociación de Municipios Metropolitanos para
la Seguridad Ciudadana, ordenándose la entrega de información sobre registro de las 2
cámaras de seguridad de la municipalidad de Providencia ubicadas en las calles, lugar y
hora que indica, relativo a una colisión del reclamante.
Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública relativa a un hecho en
que estuvo involucrado el reclamante, y sobre lo cual no se alegó la concurrencia de causales
de secreto o reserva que justifiquen la denegación de lo pedido.
En virtud del principio de divisibilidad, previo a la entrega, el órgano deberá difuminar las
imágenes de terceros, y tarjar aquellos datos personales y sensibles de contexto que
pudieren estar contenidos en el soporte donde conste el registro, en conformidad a lo
previsto en la Ley de Protección de la Vida Privada.
Aplica criterio contenido en la decisión de amparo rol C148-21.
En sesión ordinaria Nº 1335 del Consejo Directivo, celebrada el 10 de enero de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C8884-22.
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