Resumen del caso:
RESUMEN
Se rechazan los amparos interpuestos en contra de la Fuerza Aérea de Chile, referidos a la
entrega de la información correspondiente a la cantidad de atenciones psicológicas a
funcionarios de la institución, así como también, a los documentos que contengan
información sobre la cantidad de personas que fueron desvinculadas y/o jubiladas por
incompatibilidad con la vida militar/policial, tras un análisis psicológico-psiquiátrico o al
presentar una licencia médica, desglosada por fecha de la desvinculación/jubilación, sexo,
edad y rango de la persona, motivo de desvinculación, región del establecimiento al que
pertenecía, indicando si era personal administrativo o militar y años de servicio al interior
de la institución; en ambos casos, entre el 1 de enero de 2019 y el 8 de septiembre de 2022.
Lo anterior, por cuanto, conferir acceso a los antecedentes requeridos detenta la entidad
suficiente para generar una afectación presente o probable y con la suficiente especificidad
a la seguridad de la Nación, toda vez que, su publicidad, permitiría acceder a información
estadística sobre la salud de los efectivos de la Fuerza Aérea de Chile, exponiendo al
organismo a una vulnerabilidad institucional, que puede ser explotada por órganos de
inteligencia de potenciales adversarios.
Aplica criterio contenido en las decisiones de los amparos Roles C2749-19 y C6768-20.
En sesión ordinaria Nº 1335 del Consejo Directivo, celebrada el 10 de enero de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Roles C9759-22 y
C9760-22.
|
|