Resumen del caso:
Se rechaza el amparo deducido en contra de la Universidad de Talca, relativo a la entrega de información sobre la nómina de estudiantes que reprobaron el examen de licenciatura para la carrera de derecho y pronunciamientos de la autoridad académica respecto a solicitudes extraordinarias realizadas con ocasión del examen de licenciatura.
Por cuanto, y habiendo el organismo proporcionado información sistemática, suficiente e innominada respecto de lo consultado, las alegaciones de la reclamante van dirigidas a obtener antecedentes que constituyen datos personales en virtud de lo establecido en la Constitución Política de la República y la Ley sobre Protección de la Vida Privada, sin que pueda apreciarse un interés público que justifique su revelación ni los presupuestos legales que habiliten su divulgación.
Aplica criterios contenidos en las decisiones de amparos roles C1975-17, C1234-18, C1848-18, entre otras.
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