Decisión ROL C10577-22
Reclamante: LUIS MARTINEZ  
Reclamado: MUNICIPALIDAD DE NAVIDAD  
Resumen del caso:

Se acoge parcialmente el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Navidad, ordenando la entrega de la siguiente información: i. “Estadísticas de revisiones de expedientes en dirección de obras, cantidad de expedientes revisados, funcionarios a cargo, etc. Se solicita la estadística en el estado que se encuentre”. ii. “Lista de todos los vehículos municipales y listado del total de vehículos que tengan seguro. Expediente de remate de camión cisterna de la Municipalidad”. iii. “Las escrituras y la inscripción de la cancha/estadio La Boca”. iv. “Número total de casos ingresados a SEREMI Bienes Nacionales por el programa de regularización de propiedad raíz de la Municipalidad. Solicito igualmente copia del convenio”. v. “Informes de cumplimiento de Sebastián Soto cuando trabajaba a honorarios, con su currículum y detalle de sus labores realizadas en esa modalidad. Lo mismo respecto de Bastián Larraín y Patricio Carriel. Informes de cumplimiento de Roberto Hidalgo y Cristopher Yeomans de todos los meses que trabajaron en la Municipalidad, clarificar por qué iban a terreno y si les cubría seguro o póliza”. vi. “Acta cuando visitaron Pataguilla los señores Juan Esteban González, Patricio Reyes, Cristopher Yeomans y Roberto Hidalgo a finales de julio de 2022”. vii. “Todos los antecedentes de toda y cada una de las modificaciones presupuestarias año 2022, indicar si alcalde estuvo presente o no en la sesión de concejo municipal respectiva”. Lo anterior, por cuanto, se desestimó la configuración de la causal de reserva o secreto de distracción indebida de los funcionarios del órgano, al no haber justificado ni acreditado de manera debida, los presupuestos que la ley y la jurisprudencia de este Consejo, han determinado para su configuración; ello, en relación con el requerimiento, así como también, en el caso de las alegaciones de abuso del derecho de acceso a información. Con todo, en el evento de no existir algunos de estos antecedentes cuya entrega se ordena, se deberá explicar y acreditar dicha situación en forma pormenorizada en sede de cumplimiento, de conformidad a la normativa aplicable en la especie. A su vez, se ordena al órgano que, en el caso de la segunda parte de la solicitud consignada en la letra d) del requerimiento (“escrituras y la inscripción de la cancha/estadio”), una vez agotada la búsqueda sin resultados positivos, proceda derivar parcialmente la solicitud en ese punto al Instituto Nacional del Deporte, para que se pronuncie respecto de las materias de su competencia. Previo a la entrega de la información deberán tarjarse aquellos datos personales de contexto incorporados en la documentación requerida, ello en conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre protección de la vida privada y en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por la Ley de Transparencia. Se rechaza el amparo respecto de la entrega de la información referida a los correos y solicitudes enviadas al municipio por un tercero, junto a las respuestas recibidas, al configurarse a su respecto la causal de reserva o secreto de afectación a los derechos de las personas; y de aquella correspondiente a “¿Pronunciamientos jurídicos sobre titular de la propiedad de cancha La Boca, quien es el dueño?”, al tratarse de antecedentes que no obran en poder del órgano requerido.

 
Tipo de decisión: Decisión de Fondo  
Fecha de la decisión: 5/2/2023  
Consejeros: -Francisco Javier Leturia Infante
-Natalia Andrea González Bañados
-Bernardo Eric Navarrete Yáñez
 
Legislación aplicada: Ley de Transparencia
 
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Recursos relacionados:  
Descriptores jurídicos: - Causales de secreto o reserva >> Debido cumplimiento de las funciones del órgano >> Elevado número de actos
- Causales de secreto o reserva >> Debido cumplimiento de las funciones del órgano >> Distraer indebidamente a sus funcionarios
 
Descriptores analíticos: Gestión y administración territorial (Urbanismo)  
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