Resumen del caso:
Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Ñuñoa, respecto de antecedentes relacionados a sumario, reclamos y denuncias en contra de la persona que indica.
Lo anterior, por tratarse de información que no obra en poder del órgano reclamado, y por no existir antecedentes que permitan desvirtuar lo señalado por la Corporación.
Respecto a las denuncias reclamadas, este Consejo ha sostenido de manera reiterada que se debe resguardar la identidad del denunciante, puesto que su publicidad podría conllevar que en el futuro, las personas que pretenden formular denuncias ante los órganos y servicios de la Administración del Estado se inhiban de realizarlas, impidiendo con ello que aquellos cuenten con un insumo relevante para efectuar las fiscalizaciones necesarias destinadas a esclarecer los hechos o irregularidades de que éstas puedan dar cuenta y de esta forma, afectar el debido cumplimiento de sus funciones. Asimismo, la divulgación de aquellas puede afectar gravemente los derechos de sus titulares.
|
|