Resumen del caso:
RESUMEN
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Navidad, ordenándose la
entrega de:
(i) Expediente completo referente a todas las investigaciones sumarias instruidas en el año
2022, sea que se encuentren en tramitación o que hayan finalizado, con el respectivo acto
administrativo decisorio; y, el listado de investigaciones sumarias concluidas y en
tramitación del año 2022, con fecha del decreto alcaldicio que las instruye.
(ii) Acto administrativo y/o documentación que contenga los fundamentos en virtud de los
cuales se ha atrasado o pospuesto la tramitación de las investigaciones sumarias pendientes,
especialmente aquellas con plazos latamente vencidos; y, las medidas adoptadas por la
Dirección de Asesoría Jurídica como supervigilante de los procedimientos disciplinarios y
sus plazos conforme a Reglamento Interno Municipal.
Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, desestimándose la
configuración de la causal de reserva o secreto de distracción indebida de los funcionarios
del órgano, al no haber justificado ni acreditado de manera debida, los presupuestos que la
ley y la jurisprudencia de este Consejo, han determinado para su configuración.
Atendida las circunstancias de hecho expuestas por la reclamada, se concederá un plazo
adicional para dar respuesta al presente procedimiento.
En sesión ordinaria Nº 1335 del Consejo Directivo, celebrada el 10 de enero de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C10949-22.
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