Resumen del caso:
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Coronel, teniéndose por entregada parte de la información solicitada de manera extemporánea, en mérito de los antecedentes entregados con ocasión de su respuesta extemporánea.
Por su parte, se ordena la entrega de copia del Decreto Alcaldicio N°10.178, de fecha 12 de agosto de 2022.
Lo anterior, por cuanto no resulta aplicable la reserva del artículo 137°, inciso segundo, del Estatuto Administrativo, pues si bien lo pedido dice relación con un procedimiento administrativo que, a la época del requerimiento, no estaba afinado, no se trata de información cuya divulgación pueda poner en riesgo el éxito de la investigación, toda vez que, corresponde únicamente a copia de la resolución que instruye el procedimiento. Aplica criterio establecido en las decisiones de los amparos roles C1813-18, C3324-18, C2057-20, C4649-20 y C3312-21, C3429-21, C4362-21, C6796-21 y C5371-22.
En caso de ser pertinente, deberá tarjar la identidad de las personas denunciantes y de los funcionarios en contra de quienes se dirige la investigación, además de reservar cualquier dato o antecedente que permita inferir la identidad de los sujetos señalados precedentemente. Asimismo, se deberán reservar aquellos datos personales de contexto que pudieran estar incorporados en la documentación que se entregue, y toda información que pueda referirse a las diligencias o cursos de acción que serán desarrollados en el respectivo procedimiento sumarial.
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