Resumen del caso:
Se acoge el amparo en contra del Servicio de Salud Antofagasta, ordenándose la entrega de la información referida al funcionario público que se indica en la solicitud de acceso a información.
Lo anterior, ya que en atención al tipo de función que desempeñan los funcionarios públicos, éstos se encuentran sujetos a un nivel de escrutinio mayor, que supone un control social más intenso respecto de los antecedentes ligados al cumplimiento de la función pública que desempeñan, por lo que se trata de información pública que obra en poder del órgano requerido, respecto de la cual se desestimó la causal de reserva del artículo 21 N° 1 letra c) de la Ley de Transparencia y la alegación sobre el abuso del derecho de acceso a información.
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