Resumen del caso:
Se acoge el amparo deducido en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, requiriendo complementar las planillas Excel otorgadas en respuesta, con la información sobre la cantidad de hombres y mujeres chilenos que han contraído matrimonio o celebrado acuerdo de unión civil con persona extranjera, entre el 1 de enero de 2019 a la fecha de la solicitud, que incluya el sexo y fecha de nacimiento de la persona chilena contrayente y sexo, fecha de nacimiento y nacionalidad de la persona extranjera contrayente.
Lo anterior, por cuanto, se trata de información pública referida a datos estadísticos que obra en poder de la institución, conforme a sus funciones legales, desestimándose que su entrega afecte los derechos de los consultados, las funciones del organismo y que contravenga la normativa de protección de la vida privada.
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