Resumen del caso:
Se acoge el amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, ordenándose la entrega del expediente migratorio completo de la hija de la solicitante de información.
Lo anterior, por cuanto lo solicitado se trata de información de la hija de la propia reclamante, sobre un procedimiento administrativo migratorio en la que detenta la calidad de interesada, y respecto de lo cual, el órgano reclamando no alegó la concurrencia de causales de secreto o reserva que justifiquen la denegación de lo pedido. Este consejo -en atención al estado de alerta sanitaria vigente, decretado en virtud del Covid-19-, recomienda que la entrega se realice por un medio alternativo a la entrega presencial.
Finalmente, se acuerda derivar al Servicio de Registro Civil e Identificación, la parte de la solicitud de información referida al expediente de filiación de la hija de la solicitante de información.
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