Resumen del caso:
Se acoge parcialmente el amparo en contra de la Municipalidad de Lanco, ordenándose la entrega de información referida a los servicios veterinarios del municipio y a la tenencia responsable de mascotas, incluida las copias de las denuncias presentadas por tenencia responsable de mascotas y detalle de las fiscalizaciones que se generaron en virtud de ellas, en el período de tiempo que se indica.
Lo anterior, por cuanto conforme al artículo 8°, inciso segundo de la Constitución Política de la República y a los artículos 5°, inciso segundo y 10 de la Ley de Transparencia, se trata de información pública, respecto de la cual no se alegaron ni advirtieron causales de reserva que haya sido necesario ponderar.
En específico, en relación con las denuncias y las fiscalizaciones realizadas, se ordenará la entrega de éstas, tarjando el nombre y demás datos de los denunciantes, y de los eventuales testigos, como, asimismo, toda información presente en el contenido de las denuncias y detalle de las fiscalizaciones, por medio de la cual, se pueda identificar al denunciante o a quienes concurrieron a prestar un testimonio.
Finalmente, se rechaza el amparo respecto de determinada información -que el reclamante señaló en su pronunciamiento-, la cual excede el tenor literal de la solicitud de acceso a información originalmente presentada. Haciéndole presente al reclamante que, nada obsta que pueda formular en el futuro nuevas solicitudes de acceso a la Municipalidad de Lanco, que abarquen con mayor especificidad la información que sea de su interés.
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