Resumen del caso:
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Chillán, ordenándose la entrega de los antecedentes vinculados al proyecto Mall Outlet Vivo, en los términos consignados.
Lo anterior, por cuanto la reclamada, al exigir en forma previa a la entrega de la información, el pago de un monto por concepto de costos de reproducción que no se aviene a la normativa vigente sobre la materia.
Asimismo, pues el legislador ha dispuesto un procedimiento de publicidad de las gestiones administrativas relacionadas con la construcción y las materias vinculadas a las autorizaciones y pronunciamientos relativos a edificación otorgados por la autoridad competente sobre la materia, esto es, las Direcciones de Obras Municipales.
Aplica criterio contenido en los Amparos Roles C7718-21, C9235-21, C715-22 y C799-22.
Lo anterior, debiendo tarjar los datos personales que puedan encontrarse incorporados en aquellos, pero manteniendo los nombres y firmas de los profesionales individualizados, entre ellos, el arquitecto que realizó el proyecto de arquitectura, el profesional que realizó el proyecto de cálculo estructural, el profesional a cargo de la obra, entre otros, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia.
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