Resumen del caso:
Se acoge el amparo deducido en contra del Servicio Nacional de Migraciones, información sobre el estado y tramitación de la solicitud de no expulsión de la peticionaria; previa acreditación de la identidad del titular de la información o su apoderado, en conformidad a lo dispuesto en el numeral 4.3. de la Instrucción General N°10 de este Consejo.
Lo anterior, por cuanto no se acreditó haber agotado todos los medios disponibles para la búsqueda y entrega de la información.
En caso de no existir la documentación pedida, se deberá informar esta circunstancia al solicitante en la respectiva sede de cumplimiento.
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