Resumen del caso:
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Nogales, ordenándose la entrega de información sobre la cantidad de dinero que se ha dejado de adeudar por el municipio como consecuencia de las demandas judiciales en el lapso indicado.
Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual, se desestimó la causal de distracción indebida esgrimida por el órgano.
En virtud del principio de divisibilidad, previo a la entrega, el órgano deberá tarjar aquellos datos personales y sensibles de contexto que pudieren estar contenido en la información cuya entrega se ordena, en conformidad a lo previsto en la Ley de Protección de la Vida Privada.
Aplica criterio contenido en las decisiones de amparo roles C955-12 y C1562-21.
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