Resumen del caso:
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Universidad del Bío Bío, ordenando la entrega de los antecedentes del concurso para el cargo de Jefe Departamento de Salud Estudiantil Sede Concepción. Respecto del funcionario seleccionado los puntajes de sus evaluaciones y calificaciones, currículum vitae y demás antecedentes acompañados en su postulación, como asimismo las actas del certamen y los antecedentes de su contratación; y de los postulantes que no resultaron seleccionados, sólo los puntajes y/o resultados de sus evaluaciones de manera anonimizada.
Lo anterior, por tratarse de información sujeta a la regla general de publicidad de los actos de la Administración del Estado; y por tratarse de antecedentes que se han sido tenido a la vista para la selección de personal en un concurso público, por tanto constituyen fundamento del acto administrativo que los designa y que, además, acreditarían la idoneidad profesional de los seleccionados.
Previo a su entrega deberán tarjarse aquellos datos personales de contexto incorporados en la documentación requerida; ello en conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre protección de la vida privada y en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por la Ley de Transparencia.
Por su parte se rechaza el amparo respecto de la identidad y demás antecedentes de las personas postulantes que no fueron seleccionadas para el cargo consultado, por estimarse que la decisión de postular a un cargo no tiene por qué exponerse a la comunidad en caso de no ser exitosa; como asimismo, las entrevistas sicológicas del postulante que fue seleccionado en el cargo requerido - en caso de existir -, por cuanto la información contenida en dichos informes queda comprendida dentro de la expresión "datos sensibles" toda vez que se refiere a características físicas o morales de las personas o a hechos o circunstancias de su vida privada, configurándose la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia.
Aplica jurisprudencia roles C91-10, C1594-15, C3228-18 y C3958-18, entre otras.
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