Resumen del caso:
Se declara inadmisible el amparo en contra del Banco del Estado de Chile, pues la aplicación de las disposiciones de la Ley de Transparencia a las empresas indicadas en el artículo décimo de la Ley N° 20.285, se extiende únicamente a las referentes a transparencia activa, y no al procedimiento de acceso a la información pública.
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