Decisión ROL C522-23
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Reclamante: JUAN CARLOS VENEGAS TORRES  
Reclamado: SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA  
Resumen del caso:

Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Subsecretaría de Justicia, ordenándose la entrega de una copia de correo y confirmación de recepción y carta de notificación, número de seguimientos y respuesta de correos de chile de notificación para mediación, correspondiente al reclamante. Lo anterior, por tratarse de información que por su propia naturaleza se encuentra dentro de la esfera de control y a disposición permanente del órgano reclamado, y que afecta al propio reclamante, desestimándose, en consecuencia, la inexistencia esgrimida. Aplica criterio contenido en las decisiones C457-10, C790-11, C1556-12, C4305-16, C1130-17 y C3323-22. En efecto, circunscribiéndose lo requerido a información de un prestador o centro de mediación familiar contratado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, esta Corporación estima que aquella obra dentro de la esfera de control y disposición del órgano recurrido, pues se trata precisamente de personas jurídicas y personal bajo su evaluación, supervisión y fiscalización, los cuales, están obligados a entregar la información que le es requerida. Por consiguiente, de no encontrar el órgano la información, deberá solicitar aquella a la entidad respectiva.

 
Tipo de decisión: Decisión de Fondo  
Fecha de la decisión: 8/29/2023  
Consejeros: -Francisco Javier Leturia Infante
-Natalia Andrea González Bañados
-Bernardo Eric Navarrete Yáñez
 
Legislación aplicada: Ley de Transparencia
 
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