Resumen del caso:
Se rechaza el amparo deducido en contra de la Universidad de Santiago de Chile, referido al RUT, ranking y calificación promedio final de los titulados de la carrera de Ingeniería Civil Informática, de esa casa de estudios, entre los años 2009 al 2021.
Lo anterior, por cuanto los antecedentes solicitados constituyen datos personales en los términos de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, concurriendo, en consecuencia, la causal de secreto o reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia.
Aplica criterio contenido en las decisiones roles C1848-18, C2690-20, C6400-22, entre otros.
El Consejero don Bernardo Navarrete Yáñez se abstuvo de intervenir y votar en el presente amparo.
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