Resumen del caso:
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Evaluación Social, ordenándose la entrega del instrumento aplicado de prueba técnica en el concurso público para el cargo de Analista de Monitoreo de Programas Sociales, para la División de Políticas del organismo.
Lo anterior por cuanto, el Servicio reclamado no acreditó suficientemente que la publicidad de la información antes referida, afecte en forma presente o probable y con suficiente especificidad del debido cumplimiento de las funciones del órgano, de acuerdo con los estándares establecidos por este Consejo.
Aplica criterio contenido en las decisiones roles C5271-18, C5272-18, C1392-19, C3348-19, C7568-19 y C1912-20 y otras.
Por su parte, se rechaza el amparo respecto de la identidad y los antecedentes laborales y académicos de las dos personas consultados que no fueron seleccionadas en el referido concurso; fundado en que tratándose de los postulantes no designados en un certamen, procede la reserva de sus identidades y antecedentes; por cuanto la decisión de postular a un cargo no tiene por qué exponerse a la comunidad en caso de no ser exitosa, pudiendo únicamente, entregarse los puntajes o resultados de evaluación de dichos postulantes, pero de manera anonimizada.
Aplica criterio decisiones de amparo roles C91-10 y C3228-18 y C3958-18, entre otras.
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