Resumen del caso:
Se rechaza el amparo interpuesto en contra del Hospital Barros Luco Trudeau, respecto de copia de las grabaciones de las reuniones del Comité de ausentismo laboral, que se realizaron durante los años 2021 y 2022.
Lo anterior, por cuanto en dichas reuniones se trata información sobre datos sensibles de personas distintas de la solicitante, y no constando que los titulares de esos datos hayan otorgado consentimiento para que dicho tercero acceda a sus datos sensibles, no concurre ninguna de las circunstancias que habilite la comunicación de la información pedida conforme a la ley N°19.628, sobre protección a la vida privada, ni tampoco un interés público prevalente que justifique relevar la protección que nuestro ordenamiento jurídico brinda a los datos sensibles de los funcionarios cuyos estados de salud fueron analizados en las grabaciones de las sesiones mencionadas.
Se sigue lo resuelto en los amparos rol C7768-20 y C4832-21.
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