Decisión ROL C2158-23
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Reclamante: DANIEL SCHWAZEMBERG CONTRERAS  
Reclamado: MUNICIPALIDAD DE PURÉN  
Resumen del caso:

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Purén, ordenando la entrega de copia del expediente de la investigación sumarial pedida, sobre acoso laboral. Lo anterior, por cuanto la regla de secreto invocada para denegar el expediente pedido con ocasión de la respuesta, no resulta aplicable en la especie, al no existir un sumario administrativo a la fecha de la solicitud, sino que una investigación sumaria en curso, respecto de cual la reclamada no aportó mayores antecedentes destinados a acreditar que la entrega de la investigación, podía afectar el privilegio deliberativo y el debido cumplimiento de sus funciones, de acuerdo a las causales invocadas en tal sentido. Aplica criterios decisiones de amparo roles C938-12 y C744-17, entre otras. En forma previa a su entrega, el órgano deberá tarjar: i) La identidad de los particulares que declararon en el mismo, - salvo las del propio reclamante - así como la de los funcionarios públicos que concurrieron a declarar en calidad de testigos en el proceso; ii) Las impresiones de correos electrónicos, de conversaciones vía WhatsApp, mensajes de textos, relatos referidos a llamadas telefónicas, entre otras; siempre que dichos antecedentes no hayan sido acompañados por la parte recurrente; iii) La identidad de los menores mencionados en el procedimiento, así como cualquier antecedente que permita inferirla; y iv) Los datos personales de contexto y sensibles que puedan estar contenidos en el expediente. Lo anterior, dando aplicación al principio de divisibilidad, conforme con el cual se resguarda la información cuya entrega afecta el debido cumplimiento de las funciones de la reclamada y la vida privada de las personas que han intervenido en dicho procedimiento, y se da acceso a los antecedentes necesarios para el control social de la función pública; y que el interesado conozca los fundamentos que han permitido a ésta arribar a determinadas conclusiones en dicho procedimiento sumarial. Finalmente, considerando que la solicitud de acceso a la información da cuenta de la calidad de denunciante de actos de acoso laboral que ostenta la parte solicitante, en los términos dispuestos por el artículo 2, letra g), de la Ley sobre Protección de la Vida Privada, se dispone la reserva de su identidad, tanto en la presente decisión como en los registros de este Consejo.

 
Tipo de decisión: Decisión de Fondo  
Fecha de la decisión: 6/14/2023  
Consejeros: -Francisco Javier Leturia Infante
-Natalia Andrea González Bañados
-Bernardo Eric Navarrete Yáñez
 
Legislación aplicada: Constitución Política de la República
Ley de Transparencia
Estatuto Administrativo
Reglamento de la Ley de Transparencia
 
Palabras clave:  
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Recursos relacionados:  
Descriptores jurídicos: - Causales de secreto o reserva >> Debido cumplimiento de las funciones del órgano >> Otros
- Funcionarios >> Sumarios e investigaciones sumarias >> En curso
 
Descriptores analíticos: Otros  
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