Resumen del caso:
Se acoge el amparo en contra de la Municipalidad de Teno, ordenándose la entrega de los documentos solicitados, los que forman parte de una investigación sumaria en curso.
Lo anterior, por cuanto se trata de información pública, conforme al artículo 8°, inciso segundo de la Constitución Política de la República y a los artículos 5°, inciso segundo y 10 de la Ley de Transparencia, respecto de la cual se desestimó la causal de reserva del artículo 21 N° 1, letra b) de la Ley de Transparencia, invocada por el organismo reclamado.
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