Resumen del caso:
Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, respecto de la nota diplomática reclamada.
Lo anterior, por cuanto la revelación de la información solicitada, de manera unilateral, afectaría con alta probabilidad y de modo sustancial la confianza existente entre el Estado de Chile y sus pares, y con ello no sólo afecta el interés nacional, en los términos de lo dispuesto en el artículo 21 N° 4 de la Ley de Transparencia, sino que, además, el debido funcionamiento del Ministerio de Relaciones Exteriores, según lo establecido en el artículo 21 N° 1 de la misma ley.
Se sigue lo resuelto en las decisiones de los amparos rol C440-09, C2294-13, C933-14, C3919-19, C4534-19, C2785-20, C6604-22, C6758-22, C6759-22 y C12238-22, entre otras.
|
|