Resumen del caso:
Se acoge el amparo en contra de la Municipalidad de Casablanca, ordenándose la entrega de la información relacionada con la cantidad de funcionarios municipales, según el detalle indicado en la solicitud de acceso a información.
Lo anterior, por corresponder a información pública, respecto de la cual, no se verifican los presupuestos para la configuración de la hipótesis especial de entrega del artículo 15 de la Ley de Transparencia, por no resultar expedita la búsqueda de la información en la forma pedida, en el enlace de Trasparencia Activa proporcionado.
Aplica criterio contenido en las decisiones de los amparos Roles C955-12, C3747-19, C1131-21, C4353-22 y C1719-23, entre otras.
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