Resumen del caso:
Se acoge el amparo deducido en contra de la Corporación Municipal de Viña del Mar, ordenándose la entrega de los balances de comprobación y saldo al 31 de diciembre años 2021 y 2022, pudiendo advertir respecto de este último año al momento de su entrega la falta de validez de dicho instrumento. Con todo, en el evento de no existir algunos de estos antecedentes, se deberá explicar y acreditar dicha situación en forma pormenorizada en sede de cumplimiento, de conformidad a la normativa aplicable en la especie.
Respecto del balance de comprobación y saldo del año 2021, por no verificarse los presupuestos para la configuración de la hipótesis especial de entrega del artículo 15 de la Ley de Transparencia.
En cuanto al balance de comprobación y saldo del año 2022, por tratarse de información pública, cuya falta de validación y homologación no resulta insuficiente para justificar su denegación, por cuanto tal restricción, por su sola concurrencia, no convierte en reservada la información; y sin que el organismo haya invocado alguna causal de reserva legal en tal sentido.
Aplica criterio decisiones de amparos roles C544-13, C1202-13, y C1422-14, entre otras.
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