Resumen del caso:
Se acoge el amparo contra de la Municipalidad de Santiago, ordenándose la entrega de ficha
psiquiátrica de tratamiento que el solicitante se realizó en COSAM de Vicuña Mackenna en
el año 2012, con nombre del psiquiatra, diagnóstico, y tratamiento, previa acreditación de
su identidad. Lo anterior, por cuanto el acceso a dicha información se encuentra garantizada
por la ley N°19.628, atendida su calidad de datos personales sensibles, y por la ley N°20.584,
y, no obstante que el órgano se allanó a la entrega de la información requerida previa
verificación de identidad del solicitante, no consta en el procedimiento antecedentes de que
se haya proporcionado acceso al reclamante.
Se rechaza el amparo respecto de la entrega del memorándum N°895, debido a que no se
disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida
por el órgano requerido, en orden a que no obra en su poder la información peticionada.
|
|