Resumen del caso:
Se acoge el amparo interpuesto en contra del Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN), ordenándose la entrega de copia de informe de SERNAGEOMIN del año 2005, relativo al sector de dunas ubicado entre las comunas de Viña del Mar y Concón, y que fue señalado públicamente por el Director Nacional de dicho servicio según consta en medios de comunicación, tales como https://www.emol.com/noticias/Nacional/2023/09/14/1107268/sernageomin-recomendaba-no-contruir-dunas.html.
Lo anterior, por cuanto se trata de información pública que debe obrar en poder del órgano requerido, conforme al artículo 8°, inciso segundo de la Constitución Política de la República y los artículos 5°, inciso segundo y 10 de la Ley de Transparencia, respecto de la que no se invocó causal de secreto o reserva, como asimismo, no se dio cumplimiento al estándar de búsqueda de la información establecido en la Instrucción General N° 10, de este Consejo. En el evento de que alguna parte de la información no exista o no obre en poder del Servicio, deberá comunicar dicha circunstancia al reclamante y a este Consejo, indicando detallada y fundadamente las razones que lo justifiquen.
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