Resumen del caso:
Se acoge el amparo deducido en contra de la Armada de Chile, ordenando la entrega de los zarpes y recaladas, de los lugares Melinka e Isla Talcán, entre el 1 de enero al 31 de octubre de 2023, de la embarcación consultada.
Lo anterior, por constituir lo pedido información que puede ser requerida mediante una solicitud de información de acuerdo a la Ley de Transparencia, desestimándose que exista un procedimiento especial para su acceso; y que la normativa citada pueda ser esgrimida como título suficiente para cobrar valores adicionales o diferentes a los costos directos de reproducción. Aplica criterio amparo Rol A234-09.
En tal sentido, al exigir la reclamada en forma previa a la entrega de la información el pago de un monto por concepto de costos de reproducción no se aviene con la normativa vigente sobre la materia prevista en la Ley de Transparencia, toda vez que la documentación solicitada se encuentra digitalizada, y debe ser remitida telemáticamente.
Aplica criterio decisiones C1366-14 y C1548-16, C3649-16, C4155-17, C805-18 y C7501-20, entre otras.
En virtud del principio de divisibilidad previo a la entrega de la información deberán tarjarse aquellos datos personales de contexto incorporados en la documentación requerida, ello, en conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre protección de la vida privada y en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por la Ley de Transparencia.
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