Decisión ROL C13397-23
Reclamante: ANDRÉS MONTT  
Reclamado: SUBSECRETARÍA DE BIENES NACIONALES  
Resumen del caso:

Se acoge el amparo en contra de la Subsecretaría de Bienes Nacionales, teniéndose por entregada la información correspondiente a copia de los expedientes de los procesos de solicitud de regularización de inmuebles urbanos, roles N°19408, 19410, 19411 y 19419, seguidos ante la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana; aunque de forma extemporánea. Lo anterior, por cuanto el organismo procedió a su entrega con ocasión de los descargos en esta sede. Por su parte, se ordena la entrega de copia de expedientes de los procesos de solicitud de regularización de inmuebles urbanos, roles N°19403, 19404 y 19405, seguidos ante la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana, y cuya individualización se específica en la Resolución Exenta N°155, de 11 de marzo de 2004, de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región Metropolitana que “Deniega continuación de solicitud de regularización de inmuebles urbanos que indica. Exptes N°19403, 19404, 19405, 19408, 19410, 19411 y 19419”. Lo anterior, por cuanto se trata de información pública que debe obrar en poder del órgano requerido, conforme al artículo 8°, inciso segundo de la Constitución Política de la República y los artículos 5°, inciso segundo y 10 de la Ley de Transparencia, respecto de la que no se invocó causal de secreto o reserva, como asimismo, no se dio cumplimiento al estándar de búsqueda de la información establecido en la Instrucción General N° 10, de este Consejo. En el evento de que alguna parte de la información no exista o no obre en poder del Servicio, deberá comunicar dicha circunstancia al reclamante y a este Consejo, indicando detallada y fundadamente las razones que lo justifiquen. En virtud del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia, se deberán tarjar los datos personales y sensibles que consten en la documentación cuya entrega se ordena, ello en conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada.

 
Tipo de decisión: Decisión de Fondo  
Fecha de la decisión: 4/1/2024  
Consejeros: -Natalia Andrea González Bañados
-Bernardo Eric Navarrete Yáñez
 
Legislación aplicada: Ley de Transparencia
 
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Descriptores analíticos: Gestión y administración territorial (Urbanismo)  
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