Resumen del caso:
Se acoge el amparo deducido contra el Servicio de Salud Araucanía Sur ordenando la entrega de copia de resolución de toma de cargo, de la propia reclamante, de admisión urgencia Hospital de Lautaro, del año 2017.
Con todo, en el evento de que esta información no obre en poder del organismo, se deberá comunicar dicha circunstancia a la reclamante y a este Consejo, indicando detalladamente las razones que lo justifiquen, en conformidad a lo previsto en el numeral 2.3. de la Instrucción General N° 10 de esta Corporación.
Lo anterior, por tratarse de antecedentes de naturaleza pública, sin que se haya acreditado suficientemente la inexistencia de la información peticionada, conforme al estándar fijado en la Instrucción General N°10 de esta Corporación y la jurisprudencia sostenida por este Consejo sobre la materia.
Aplica jurisprudencia decisiones de amparo roles C1179-11, C409-13, C3691-17 y C3692-17, entre otras.
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