Resumen del caso:
Se rechaza el amparo deducido contra la Policía de Investigaciones de Chile referido a la entrega de los expedientes de los sumarios administrativos que se hayan instruido en contra de la persona que se individualiza durante los años 2023 y 2024.
Lo anterior, por tratarse de sumarios administrativos que se encuentran en tramitación; ello en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 N° 1 letra b) de la Ley de Transparencia, en relación con el artículo 137, inciso segundo, de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
Aplica criterio adoptado en decisiones roles A47-09, A95-09, A159-09, C411-09, C7-10 y C561-11, entre otras.
Con todo, atendido que la causal de reserva aplicable en la especie es de carácter temporal, una vez que los sumarios requeridos se encuentren totalmente tramitados deberán ser entregados a la reclamante.
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