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DECISIÓN RECLAMO ROL C2439-14</p>
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Entidad pública: Municipalidad de Lautaro</p>
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Requirente: Marcela Jorquera</p>
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Ingreso Consejo: 13.11.2014</p>
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En sesión ordinaria N° 615 del Consejo Directivo, celebrada el 8 de mayo de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C2439-14</p>
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VISTO:</p>
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Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia, y la Instrucción General N° 11, de este Consejo, sobre Transparencia Activa.</p>
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TENIENDO PRESENTE:</p>
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1) RECLAMO POR INFRACCIÓN A LAS NORMAS DE TRANSPARENCIA ACTIVA: El día 13 de noviembre de 2014, doña Marcela Jorquera presentó un reclamo por infracción a las normas de Transparencia Activa en contra de la Municipalidad de Lautaro fundado en que la información relativa al personal y sus remuneraciones; actos y resoluciones con efectos sobre terceros; programas de subsidios y otros beneficios; y, presupuesto asignado y su ejecución, no está disponible de forma permanente, la información se encuentra incompleta, desactualizada y el acceso a ella no es expedito.</p>
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2) CERTIFICACIÓN DE LA PÁGINA WEB: Con fecha 20 de noviembre de 2014, la Dirección de Fiscalización del Consejo para la Transparencia (DF), revisó íntegramente la información de Transparencia Activa en el banner del organismo reclamado, de manera de verificar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables y de la Instrucción General No 11 (IG N°11) que este Consejo ha impartido sobre la materia.</p>
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Dicho proceso concluyó en un informe que reveló que los niveles de cumplimiento de las normas aludidas corresponden en general a un 74,18%.</p>
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En lo pertinente a las infracciones denunciadas, el informe señaló que la Municipalidad de Lautaro, publica respecto de los ítems reclamados, la siguiente información:</p>
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a) Personal y sus remuneraciones:</p>
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i. Personal Municipal</p>
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o Año 2009:</p>
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Personal Planta: Publica información desde mes de abril a diciembre.</p>
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Personal Contrata: Publica información desde el mes de abril a diciembre.</p>
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Personal Sujeto a Código del Trabajo: No publica información.</p>
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Personal a Honorarios: No publica información.</p>
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o Año 2010:</p>
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Personal Planta: Presenta información desde enero a diciembre.</p>
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Personal Contrata: Presenta información desde enero a noviembre.</p>
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Personal Sujeto a Código del Trabajo: No presenta información.</p>
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Personal Honorarios: No presenta información.</p>
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o Año 2011:</p>
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Personal Planta: Presenta información desde el mes de enero a agosto, y también información del mes de octubre.</p>
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Personal Contrata: Presenta información desde enero a noviembre.</p>
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Personal Sujeto a Código del Trabajo: Presenta información referente a los meses de octubre, noviembre y diciembre.</p>
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Personal a Honorarios: No presenta información.</p>
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o Año 2012:</p>
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Personal Planta: Presenta información actualizada al mes de diciembre.</p>
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Personal a Contrata: Presenta información actualizada al mes de diciembre.</p>
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Personal sujeto al Código del Trabajo: Presenta información actualizada al mes de diciembre.</p>
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Personal a Honorarios: Presenta información actualizada al mes de diciembre.</p>
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o Año 2013:</p>
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Personal Planta: Presenta información actualizada al mes de diciembre.</p>
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Personal a Contrata: Presenta información actualizada al mes de diciembre.</p>
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Personal sujeto al Código del Trabajo: Presenta información actualizada al mes de diciembre.</p>
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Personal a Honorarios: Presenta información actualizada al mes de diciembre.</p>
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o Año 2014:</p>
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Personal Planta: Información desactualizada al mes de septiembre.</p>
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Personal a Contrata: Información desactualizada al mes de septiembre.</p>
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Personal sujeto al Código del Trabajo: Información desactualizada al mes de septiembre.</p>
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Personal a Honorarios: Información entregada desde los meses de enero a marzo, y además presenta información del mes de agosto y septiembre.</p>
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ii. Personal Salud Municipal:</p>
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o Año 2009:</p>
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Personal Planta: Se presenta información de los meses desde abril a septiembre, más noviembre y diciembre.</p>
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Personal Contrata: Se presenta información desde julio a diciembre, además de los meses de abril y mayo.</p>
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Personal sujeto a Código del Trabajo: Se consigna que el link conduce a la información de Suplencias y Reemplazos. Sin embargo, no publica información.</p>
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Personal a Honorarios: No presenta información.</p>
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o Año 2010:</p>
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Personal Planta: Sólo presenta información referente al mes de enero.</p>
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Personal Contrata: Sólo presenta información referente al mes de enero.</p>
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Personal sujeto a Código del Trabajo: Se consigna que el link conduce a la información de Suplencias y Reemplazos. Sin embargo, no publica información.</p>
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Personal a Honorarios: Sólo presenta información en el mes de enero.</p>
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o Año 2011:</p>
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Personal Planta: No presenta información.</p>
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Personal Contrata: No presenta información.</p>
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Personal sujeto a Código del Trabajo: Se consigna que el link conduce a la información de Suplencias y Reemplazos. Sin embargo, no publica información.</p>
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Personal a Honorarios: No presenta información.</p>
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o Año 2012:</p>
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Personal Planta: Presenta información desde el mes de enero a junio, además de diciembre.</p>
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Personal a Contrata: Presenta información desde el mes de enero a junio, además de diciembre.</p>
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Personal sujeto al Código del Trabajo: No presenta información.</p>
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Personal a Honorarios: No presenta información.</p>
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o Año 2013:</p>
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Personal Planta: Presenta información actualizada a diciembre de 2013.</p>
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Personal a Contrata: Sólo presenta información de los meses de enero, febrero y marzo.</p>
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Personal sujeto al Código del Trabajo: Se consigna que el link conduce a la información de suplencias y reemplazos. Sin embargo, no publica información.</p>
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Personal a Honorarios: Sólo presenta información de los meses de enero, febrero y marzo.</p>
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o Año 2014:</p>
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Personal Planta: Sólo presenta información de los meses de enero, febrero y marzo, como también información del mes de septiembre.</p>
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Personal a Contrata: Sólo presenta información de los meses de enero, febrero y marzo.</p>
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Personal sujeto al Código del Trabajo: Se consigna que el link conduce a la información de suplencias y reemplazos. Sin embargo, no publica información.</p>
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Personal a Honorarios: Presente información al mes de septiembre.</p>
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iii. Personal Educación Municipal:</p>
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o Año 2009:</p>
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Personal Planta: Presenta información desde el mes de abril a diciembre.</p>
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Personal Contrata: Presenta información desde los meses de abril hasta diciembre.</p>
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Personal sujeto a Código del Trabajo: No presenta información.</p>
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Personal a Honorarios: No presenta información.</p>
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o Año 2010:</p>
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Personal Planta: Sólo presenta información en los meses de enero, febrero y marzo.</p>
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Personal Contrata: Presenta Información referente a los meses de enero hasta noviembre.</p>
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Personal sujeto a Código del Trabajo: No presenta información.</p>
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Personal a Honorarios: No presenta información</p>
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o Año 2011:</p>
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Personal Planta: No presenta información.</p>
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Personal Contrata: Presenta información referente a los meses de enero hasta noviembre.</p>
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Personal sujeto a Código del Trabajo: No presenta información.</p>
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Personal a Honorarios: No presenta información.</p>
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o Año 2012:</p>
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Personal Planta: Presenta información desde el mes de enero a julio y agrega respecto del mes de diciembre.</p>
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Personal Contrata: Presenta información referida al mes de diciembre.</p>
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Personal sujeto a Código del Trabajo: Sólo presenta información respecto del mes de diciembre.</p>
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Personal a Honorarios: Presenta información desde el mes de enero a julio.</p>
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o Año 2013:</p>
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Personal Planta: Presenta información actualizada al mes de diciembre.</p>
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Personal a Contrata: Presenta información actualizada al mes de diciembre.</p>
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Personal sujeto al Código del Trabajo: Presenta información actualizada al mes de diciembre.</p>
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Personal a Honorarios: No presenta información.</p>
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o Año 2014:</p>
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Personal Planta: Presenta información desactualizada al mes de septiembre.</p>
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Personal a Contrata: Presenta información desactualizada al mes de septiembre.</p>
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Personal sujeto al Código del Trabajo: Presenta información desactualizada al mes de septiembre.</p>
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Personal a Honorarios: Presenta información solo referida al mes de septiembre.</p>
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b) Actos y resoluciones con efectos sobre terceros:</p>
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Al realizar la fiscalización, se constata que la información proporcionada se encuentra desactualizada al mes de septiembre de 2014, sumado lo anterior, al hecho de no presentar los permisos de obra. Situación que transgrede lo señalado en la Instrucción General N° 11 numeral 1,7., de este Consejo.</p>
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c) Programas de subsidios y otros beneficios:</p>
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Se constata que el link conducente a los programas de subsidios y otros beneficios que entrega el organismo, solo proporciona información relativa a la nómina de beneficiarios. Situación observada en Informe Reclamo C2006-14 de fecha 25 de septiembre de 2014.</p>
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d) Presupuesto asignado y su ejecución:</p>
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Se presenta la información, de acuerdo a los parámetros establecidos en la Instrucción General N° 11.</p>
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3) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo acordó admitir a tramitación los reclamos en comento, informando de ello al Sr. Alcalde de la Municipalidad de Lautaro, mediante Oficio N° 6839, de 27 de noviembre de 2014, haciéndole presente el porcentaje de cumplimiento obtenido en el informe de 20 de noviembre de 2014, de la Dirección de Fiscalización del Consejo para la Transparencia.</p>
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Por su parte, el órgano reclamado presentó sus descargos y observaciones a través de correo electrónico de 7 de enero de 2014, señalando, en síntesis, lo siguiente:</p>
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"En virtud de la Ley de Transparencia, hemos visto recargada nuestra agenda de trabajo, ya que diariamente ingresa una infinidad de solicitudes, muchas complejas de responder, que requieren de personal propio y dedicado exclusivamente a dar cumplimiento a la ley.</p>
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En éste contexto fuimos objeto del reclamo que nos convoca, el que se funda justamente en el porcentaje de falta de cumplimiento que hoy día presentamos y en el que nos encontrarnos trabajando arduamente.</p>
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En cuanto a las medidas que se están adoptando para subsanar deficiencias, se implementó y seguimos mejorando una Oficina que se dedique en forma exclusiva y excluyente a dar cumplimiento a los requerimientos de la Ley de Transparencia; nos hemos propuesto sumar personal que justamente cumpla con dichas labores para lograr en el primer trimestre de 2015 un porcentaje de cumplimiento superior al 90%.</p>
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Además, hemos instruido al personal responsable, actualizar, completar y mejorar en los diversos aspectos el acceso de nuestros usuarios a la información que la ley nos obliga, respetando con ello el Principio de Transparencia que inspira la ley.</p>
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Con fecha 26 de junio de 2014 se celebró Convenio Marco de Cooperación entre la Municipalidad de Lautaro y el Consejo para la Transparencia, cuyo objetivo principal es dar aplicación a la Ley N° 20.285, y que en un futuro próximo nos permitirá emigrar al Portal de Transparencia también en la Transparencia Activa, que hoy es materia del reclamo presentado, dado que desde agosto de 2014, ya estamos trabajando con las Solicitudes de Acceso a la Información o Transparencia Pasiva en el Portal</p>
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En virtud de la celebración de dicho convenio se han adoptado diversas medidas:</p>
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o Se elaboró un Reglamento Interno de Procedimientos para dar cumplimiento a las normas de la Ley de Transparencia, el que fue aprobado por decreto alcaldicio que se acompaña.</p>
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o Se implementó un Modelo de Gestión Municipal, en concordancia con lo establecido en el convenio.</p>
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o Se continúa implementando la Oficina de Transparencia, con espacio y personal propio dedicado exclusívamente a dar cumplimiento a los requerimientos de la ley y Convenio suscrito.</p>
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o Se ha capacitado a nuestros funcionarios a cargo de la Oficina de Transparencia y los generadores de información y se han designado claramente los roles dentro del mismo.</p>
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o Se generaron incentivos asociados al cumplimiento de la normativa legal, los que fueron incorporados como objetivos o metas dentro del Programa de Mejoramiento de la Gestión Municipal para el año 2015.</p>
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Por tanto, en virtud de los antecedentes anteriormente expuestos solicitamos a usted, tenga a bien acoger nuestros descargos, considerando que estamos haciendo todos los esfuerzos y mejorando los procesos administrativos, con la implementación definitiva de la Oficina de Transparencia, para lo cual se está dedicando personal exclusivo que cumpla dichas funciones; se ha dispuesto plazos acotados para actualizar y mejorar nuestras deficiencias, se han adoptado convenios formales con el Consejo para la Transparencia lo que sin lugar a dudas demuestra el interés y compromiso de nuestra Municipalidad para con la citada Ley.</p>
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Por otra parte y a pesar que muchas veces carecemos recursos humanos y económicos suficientes para llevar a cabo una gestión cien por ciento efectiva, hemos destacado por obtener un consecutivo y generoso aumento en el porcentaje de cumplimiento de la ley, logrando más de un 74% en el último sondeo realizado. Finalmente, hacer presente que éste municipio se encuentra totalmente comprometido y realizará todas las gestiones pertinentes para dar fiel y estricto cumplimiento a la normativa legal; además de asumir un compromiso para con la ciudadanía que son finalmente los destinatarios y beneficiarios directos de nuestra labor.".</p>
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Y CONSIDERANDO:</p>
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1) Que conforme a los artículos 7°, letras d), g), i) y k) de la Ley de Transparencia y 51 letras d), g), i) y k) del Reglamento de la misma ley, los órganos de la Administración del Estado deben mantener a disposición permanente del público, a través de sus sitios electrónicos, información relativa al personal y sus remuneraciones; actos y resoluciones con efectos sobre terceros; programas de subsidios y otros beneficios; y, presupuesto asignado. Asimismo, el artículo 50 del Reglamento de la Ley de Transparencia señala que dicha información deberá ser actualizada mensualmente, al menos, dentro de los primeros diez días de cada mes. Por último la Instrucción General No 11 dictada por este Consejo -disponible en el link http://www.consejotransparencia.cl/consejo/site/artic/20121219/asocfile/20121219205010/instrucci__n_general__n___11_ta.pdf-, complementa lo señalado en las disposiciones antes citadas respecto a la forma de dar cumplimiento a las obligaciónes de Transparencia Activa que pesan sobre los órganos de la Administración del Estado.</p>
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2) Que, contrastadas las obligaciones legales y reglamentarias reseñadas en el considerando anterior con las situaciones descritas en el Informe de Fiscalización a que alude el numeral segundo de lo expositivo, es posible establecer la veracidad parcial de la denuncia formulada y, en consecuencia, la infracción al artículo 7° letras d), g) e i) de la Ley de Transparencia, toda vez que al 20 de noviembre de 2014, la Municipalidad de Lautaro no mantenía su página web de manera completa y actualizada de conformidad a la normativa citada.</p>
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3) Que, en consecuencia, atendido lo señalado en los considerandos precedentes, en orden a haberse establecido que, a la época de la fiscalización practicada por este Consejo el pasado 20 de noviembre de 2014, la institución reclamada incurría en parte de las infracciones denunciadas por la reclamante, y sin perjuicio de los avances que se hayan logrado en la página de transparencia de la Municipalidad de Lautaro, en el tiempo intermedio entre el informe de fiscalización y esta decisión -lo que habrá de demostrarse en la etapa de cumplimiento-, se acogerá parcialmente el presente reclamo.</p>
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EL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE OTORGAN LOS ARTÍCULOS 24 Y SIGUIENTES Y 33 LETRA A) DE LA LEY DE TRANSPARENCIA, Y POR LA UNANIMIDAD DE SUS MIEMBROS PRESENTES, ACUERDA:</p>
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I. Acoger parcialmente el reclamo por infracción a las normas de Transparencia Activa interpuesto por doña Marcela Jorquera, en contra de la Municipalidad de Lautaro por las consideraciones expuestas en el presente acuerdo.</p>
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II. Requerir al Sr. Alcalde de la Municipalidad de Lautaro:</p>
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a) Publique en el sitio web de Transparencia Activa de la municipalidad que dirige, la información actualizada de los antecedentes que enumera el artículo 7° de la Ley de Transparencia, particularmente en lo referido a los literales d), g) e i) en los términos establecidos en la mencionada ley, su Reglamento y en la Instrucción General N° 11.</p>
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b) Cumplir dicho requerimiento en un plazo que no supere los 10 días hábiles contados desde que la presente decisión quede ejecutoriada, bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley de Transparencia.</p>
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c) Informar el cumplimiento de esta decisión mediante comunicación enviada al correo electrónico cumplimiento@cplt.cl, o a la Oficina de Partes de este Consejo (Morandé N° 360, piso 7°, comuna y ciudad de Santiago), de manera que esta Corporación pueda verificar que se dé cumplimiento a las obligaciones impuestas precedentemente en tiempo y forma.</p>
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III. Encomendar a la Directora de Fiscalización de este Consejo hacer especial seguimiento al cumplimiento de lo establecido en el numeral anterior.</p>
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IV. Encomendar al Director General y a la Directora Jurídica (S) de este Consejo, indistintamente, notificar la presente decisión a doña Marcela Jorquera y al Sr. Alcalde de la Municipalidad de Lautaro.</p>
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En contra de la presente decisión procede la interposición del reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante en el plazo de 15 días corridos, contados desde la notificación de la resolución reclamada, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 28 y siguientes de la Ley de Transparencia. Con todo, los órganos de la Administración del Estado no podrán intentar dicho reclamo en contra de la resolución del Consejo que otorgue el acceso a la información solicitada, cuando su denegación se hubiere fundado en la causal del artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia. Además, no procederá el recurso de reposición establecido en el artículo 59 de la ley N° 19.880, según los fundamentos expresados por este Consejo en el acuerdo publicado en el Diario Oficial el 9 de junio de 2011.</p>
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Pronunciada por el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, integrado por su Presidenta doña Vivianne Blanlot Soza y los Consejeros don Marcelo Drago Aguirre y don José Luis Santa María Zañartu. El Consejero don Jorge Jaraquemada Roblero no concurre al presente acuerdo por encontrarse ausente.</p>
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Por orden del Consejo Directivo, certifica la Directora Jurídica (S) del Consejo para la Transparencia doña Andrea Ruiz Rosas.</p>
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