Resumen del recurso:
Se dedujo reclamo de ilegalidad en contra de la decisión C1034-11, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo ya que señaló que no ha existido vicio alguno de ilegalidad en el acuerdo o resolución de amparo del Consejo para la Transparencia impugnado por el Servicio recurrente, que se ha limitado a restablecer la vigencia y el imperio del principio rector de transparencia y publicidad, consagrado como norma generalmente obligatoria en los artículos 16 de la ley 19.880 y 5º de la ley 20.285.
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