Resumen del recurso:
Se dedujo reclamo de Ilegalidad en contra de la decisión C29-12. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto ya que se debió entregar la información a CONAF no como una mera liberalidad, sino de manera obligatoria para la aprobación de los planes de manejo de determinados predios. Así, no se puede sostener que ha existido una vulneración a su vida privada por cuanto la información objeto de esta reclamación sirvió de fundamento a un acto de la autoridad sectorial, de lo cual deriva la utilidad social de la información, que impide hacer primar un eventual derecho a la vida privada. En un sentido similar, en cuanto a la propiedad de la información, se debe destacar el hecho que el recurrente no ha perdido la propiedad respecto a la información, la cual se mantiene incólume; simplemente, se trata de un caso en que la Carta Fundamental y las leyes han establecido que cierta información –como la de la especie sea de acceso público, lo que tiene como fundamento, el control que la sociedad pueda efectuar sobre la labor y decisiones de ciertas autoridades, como entre otras, CONAF.
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