Resumen del recurso:
Se dedujo reclamo de ilegalidad en contra de la decisión C873-12. La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el reclamo señalando que la información que se está solicitando dice relación con la propia solicitante, durante el período que se desempeñó como funcionaria del Consejo aludido, recibida en su casilla de correo institucional, referida a quince correos que se individualizan, es de naturaleza pública y no privada, siendo la regla general la publicidad de los actos de la Administración, la que puede restringirse sólo por razones precisas, situación en la que no se encuentra la solicitante de la información, más aun si dice relación con la propia persona que la requiere, por tanto no afecta a la intimidad ni la vida privada de ninguna persona, no siendo fundamento bastante para negarla la circunstancia que se contenga en correos electrónicos porque la ley es clara y se refiere a cualquier soporte que se encuentre contenida.
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